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CONDICIONES ESPECIALES DEL
SEGURO "PENTA" PARA INSTRUMENTOS MUSICALES.
1. OBJETO Y ALCANCE DEL SEGURO.
En base a las Condiciones
Generales de la presente póliza que no se contradigan
con las estipulaciones pactadas en este Anexo de Condiciones
Especiales, que prevalecerán sobre aquellas, el asegurador
garantiza a Condiciones Amplias los objetos descritos
en las Condiciones Particulares del contrato, aunque no
intervengan en ensayos, giras o conciertos, durante su
estancia y/o transporte en cualquier lugar o situación
dentro del Territorio Nacional.
Mediante la oportuna notificación, previa al inicio del
viaje, las coberturas podrán hacerse extensivas a otros
países, mediante la correspondiente sobreprima.
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2. MEDIO DE TRANSPORTE
Los objetos asegurados podrán ser transportados
por cualquiera de los siguientes medios: vehículos a motor,
ferrocarril, avión y buque.
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3. MODALIDAD DE COBERTURA: CONDICIONES AMPLIAS.
Mediante esta modalidad de cobertura, el Asegurador garantiza
los riesgos de pérdida o daño material de los bienes asegurados
por cualquier causa externa, a excepción de las que tengan
su origen en alguna de las exclusiones que se especifican
a continuación:
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3.1. Desgaste natural, rotura mecánica, vicio
propio o daños producidos por insectos, deficiencia, defecto
o insuficiencia de los estuches, maletas, cajas o embalajes
destinados al transporte de los instrumentos, mala conservación,
defecto latente, deterioro gradual o depreciación, daños
durante la reparación del instrumento a excepción de los
causados por un incendio o explosión ocurrido en el lugar
donde se efectúe la reparación.
3.2. Corrosión, oxidación,
humedad atmosférica e influencia de la temperatura.
3.3. Hurto, apropiación indebida,
ocultación, transformación, pérdida o desaparición sin
justificación, infidelidad del personal dependiente del
Tomador del Seguro o de cualquier persona a quien se pueda
confiar o depositar el objeto asegurado, no quedando comprendidos
en último caso los Transportistas de Agencias Oficiales.
3.4. Demoras, desvíos, impedimentos, interrupciones
del viaje y pérdidas de mercado.
3.5. Daños producidos por la electricidad al
instrumento asegurado, a menos que sea seguido de incendio
y/o explosión, en cuyo caso sólo se cubren las pérdidas
o daños directos causados por dicho incendio o explosión.
3.6. Rotura de tubos, válvulas
electrónicas, lámparas u otros accesorios hechos completa
o principalmente de cristal.
3.7. Arañazos, raspaduras y desconchaduras, excepto
cuando tengan su origen en un riesgo garantizado por la
póliza.
3.8. El robo de los objetos asegurados, cuando
no existan signos evidentes de efracción o violencia en
las puertas, ventanas o demás accesos de las dependencias
o compartimentos en donde se encuentren guardados. Además,
también quedan excluidos los bienes depositados en vehículos
automóviles cuando permanezcan desocupados y sin vigilancia
durante:
3.8.1. El día, más de dos horas
consecutivas.
3.8.2. La noche, es decir,
desde las 22 horas P.M. hasta las 6 horas A.M.
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4. TASACION DE DAÑOS.
En caso de siniestro y en relación expresa con
Instrumentos musicales electrónicos así como equipos de
sonido e iluminación, material y accesorios, los mismos
se justipreciarán según el valor de nuevo en el mercado,
en el momento anterior al siniestro, teniendo en cuenta
el uso, grado de utilización, estado de conservación que
de ellos se ha hecho. En caso de no existir en el mercado
se tomará como base de valoración otros de similares características
de uso y rendimiento.
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5. COMUNICACION DE SINIESTRO.
Tan pronto como se produzca un siniestro, el Tomador del
Seguro o Asegurado deberá dar cuenta de ello a las autoridades
competentes del lugar en que haya ocurrido, haciendo levantar
acta del mismo y efectuando la comunicación al Asegurador
dentro del plazo máximo de siete días, contados a partir
de la fecha en que fue conocido.
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6. FRANQUICIA.
Se pacta la aplicación de una franquicia del
10%, con un mínimo de € 30,05 y un máximo
de € 180,30, cuyo importe resultante
se deducirá de la indemnización que corresponda a cada
objeto asegurado en cada siniestro.
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Empresas
que participan en Seguro de instrumentos musicales |
Distribuidor |
Adolphesax.com
C/Atocha 119, 3º
28012 Madrid
Tlf y Fax: 914293787
Mail:info@adolphesax.com |
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Correduria
de seguros |
Garcia
Maluenda
C/ Fuencarral 141, 1ºC Dcha
28010 MAdrid
Tel: 915940744
Fax: 915943790
Mail:rgarcia@e2000.es |
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Aseguradora |
Nacional Suiza
de Seguros
Grupo "Nationale Suisse" de Basilea
C/ Aragón 390-394
08013 Barcelona
Tel:933442600
Fax:932318850
Mail:ns@nacionalsuiza.es |
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