EDUCACIÓN SUPERIOR
ERASMUS
Se
puede obtener más información sobre Erasmus, así
como ejemplos de actividades, en el sitio web:
http://europa.eu.int/comm/education/erasmus_es.htm
OBJETIVOS GENERALES Y ESTRUCTURA
La
acción sobre educación superior del Programa SÓCRATES, denominada
Erasmus*, pretende mejorar la calidad de
la educación superior y reforzar su dimensión
europea, fomentando la cooperación transnacional
entre universidades**, potenciando la movilidad europea
y mejorando la transparencia y el reconocimiento
académico de estudios y cualificaciones en el
seno de la Unión. Erasmus concede becas de movilidad
a muchos miles de estudiantes y profesores, pero
también se encarga de reforzar la dimensión europea
de los estudios para los estudiantes y profesores
que no participan directamente en los intercambios.
En este contexto, se hace hincapié en los programas
intensivos y en la elaboración de nuevos programas
de estudio o la mejora de los existentes mediante
la cooperación transnacional y el desarrollo y
la consolidación de redes temáticas paneuropeas.
Erasmus está abierta a centros de educación superior
de todo
tipo y abarca todas las disciplinas y niveles
de estudios, incluido el doctorado.
Erasmus está compuesta por tres
subacciones interrelacionadas:
Erasmus 1: Cooperación interuniversitaria europea.
Erasmus 2:
Movilidad de estudiantes y profesores
universitarios.
Erasmus 3:
Redes temáticas.
Sin embargo, en la práctica esta distinción formal carece
de significado para el solicitante, que sólo puede
solicitar apoyo a las tres subacciones a través
de las solicitudes de "contrato institucional"
de cada universidad (véase a continuación).
A. Disposiciones
generales sobre todas las actividades Erasmus
B. Detalles
sobre las actividades que pueden optar a financiación
comunitaria
A. Disposiciones generales sobre todas las actividades
Erasmus
-
EL
CONTRATO INSTITUCIONAL
-
RESPONSABILIDADES
DE LA UNIVERSIDAD
-
LA
DECLARACIÓN POLÍTICA EUROPEA
-
CRITERIOS
DE ELEGIBILIDAD
-
CRITERIOS
DE SELECCIÓN
-
PROCEDIMIENTO
DE SOLICITUD Y SELECCIÓN
-
AYUDA
FINANCIERA
-
INFORMES
1.
EL CONTRATO INSTITUCIONAL
El contrato institucional con la Comisión Europea
constituye el marco general de todas las actividades
de cooperación emprendidas en el marco de SÓCRATES.
Por lo tanto, la solicitud de contrato institucional
incluye:
-
las becas Erasmus de movilidad para estudiantes
y personal docente, así como para la organización
de dicha movilidad,
-
las actividades relacionadas con la introducción,
la aplicación o la extensión de¡ Sistema
Europeo de Transferencia de Créditos (ECTS)
en el marco de Erasmus,
-
las propuestas completas de programas intensivos
y proyectos de desarrollo curricular
en el marco de Erasmus,
-
los proyectos de propuesta de redes temáticas
en el marco de Erasmus,
-
los proyectos de propuesta que coordinará la universidad
solicitante en el marco de otras acciones
de¡ programa SÓCRATES.
Todas
estas actividades se describen con detalle en
la sección
B.
El
contrato institucional es un acuerdo marco válido
mientras dure el programa (2000-2006); sin embargo,
la duración de las diversas actividades cubiertas
por el contrato institucional puede ser inferior
(entre uno y tres años).
Por
lo general, cada universidad debe presentar una
solicitud de contrato institucional. No obstante,
las asociaciones regionales de centros de educación
superior o las asociaciones de centros de educación
superior unidisciplinaria de cada país pueden
presentar una única solicitud de contrato institucional
conjunta a través de uno de los centros, que actuará
como representante.
2. RESPONSABILIDADES DE LA UNIVERSIDAD
La
principal responsabilidad que el contrato institucional
impone a cada universidad es que realice
de forma eficaz las actividades subvencionadas
por la Comunidad. Ello conlleva:
- designar
a las personas responsables de la puesta en
práctica de las actividades previstas en la
universidad y establecer los procedimientos
internos que les confieran la responsabilidad
de la realización eficaz de las actividades
correspondientes, velando, al mismo tiempo,
por que los departamentos y las facultades
cumplan debidamente con sus obligaciones respecto
a los centros asociados;
- desempeñar
el papel de enlace con los centros asociados;
- establecer
las estructuras de apoyo administrativo necesarias
a todos los niveles y responder de¡ uso dado
a la ayuda comunitaria;
- buscar
otras fuentes de financiación complementaria
que permitan garantizar la aplicación satisfactoria
de las actividades;
- contribuir
a la ejecución de políticas comunitarias transversales,
y principalmente a la igualdad entre hombres
y mujeres, la integración de las personas
con discapacidad, el fomento de la cohesión
económica y social, y la lucha contra el racismo
(véase el Anexo 3 "La igualdad de oportunidades en
SÓCRATES").
La mayoría de las actividades previstas en el
contrato institucional las gestionan directamente las distintas universidades. En particular,
cada universidad gestionará a escala institucional
sus flujos de entrada y salida de estudiantes
y personal docente. Al hacerlo deberá intentar
alcanzar un grado razonable de reciprocidad con
cada universidad asociada para cada tipo de actividad.
Cuando ello resulte imposible, podría compensar
la falta de reciprocidad en una disciplina determinada
mediante actividades en otras disciplinas o con
otras universidades del mismo país socio.
En los programas intensivos, los proyectos de
desarrollo curricular y las redes temáticas, se
debería nombrar entre los socios/a un responsable
de la coordinación académica y administrativa
de la actividad.
3. LA DECLARACIÓN POLÍTICA EUROPEA
La solicitud del contrato institucional va precedida
de una declaración política Europea en
la que la universidad describe su plan general
de desarrollo estratégico a medio plazo y establece
su estrategia de corto a medio plazo en materia
de cooperación europea. La declaración política
europea permite evaluar la coherencia entre las
actividades cuya financiación se solicita y la
relación que tienen con la estrategia general
de la universidad. Ello afecta principalmente
a actividades Erasmus tales como la participación
en la movilidad, el desarrollo curricular y las
redes temáticas, pero también se puede referir
a otras acciones SÓCRATES y a otros programas
comunitarios en los que la universidad desee participar.
Por otra parte, formula brevemente la política
de la universidad en cuestiones transversales
como la integración de las personas con discapacidad,
la igualdad de oportunidades, la contribución
a la lucha contra el racismo y el fomento de la
cohesión socioeconómica (véase el Anexo 3 "La igualdad de oportunidades en
SÓCRATES").. Si la solicitud de contrato
institucional la presenta un grupo de centros,
en la declaración política europea deben constar
las razones de la presentación conjunta, así como
las políticas que aplica cada uno de los centros.
La declaración política europea será válida mientras
dure el programa, pero se pedirá que en la solicitud
para el año académico 2004/05 (que se presentará
en noviembre de 2003) las universidades presenten
un estudio a medio plazo de la ejecución de sus
políticas y de los resultados que hayan obtenido.
Si en la política de una universidad se producen
cambios sustanciales que lo hacen necesario, ésta
puede actualizar la declaración política europea
en la solicitud de cualquier año académico.
Todas la solicitudes de contrato institucional
para el año académico 2001/02 habrán de incluir
una declaración política europea, excepto aquéllas
cuya solicitud de contrato institucional para
el año académico 1999/2000 (presentada en noviembre
de 1998) o 2000/01 (presentada en noviembre de
1999) incluyera una nueva declaración política
europea completa.
Las universidades que hayan presentado una declaración
política europea en el contexto de un contrato
institucional financiado en el marco de la primera
fase de SÓCRATES (1995-1999) deberán indicar en
la declaración política europea incluida en su
solicitud para el año académico 2001/02 los resultados
que hayan logrado en la primera fase, compararlos
con los objetivos previstos en la declaración
original, e indicar la relación entre la declaración
correspondiente a la segunda fase y los resultados
conseguidos en la primera.
Además de mencionar sus otras actividades europeas,
y en particular las financiadas por el programa
Leonardo da Vinci, el quinto programa
marco de investigación y desarrollo tecnológico
y los programas relacionados con los ámbitos de
las relaciones exteriores, la cultura, el deporte
y los medios de comunicación, la declaración deberá
abarcar todo el abanico de actividades de cooperación
europea para las que la universidad solicite financiación
en el marco del programa SÓCRATES.
4. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD: DISPOSICIONES GENERALES
Además
de satisfacer los requisitos generales establecidos
(véase "Criterios de elegibilidad"),
las actividades Erasmus deberán:
- Incluir
una actividad de cooperación transnacional
entre universidades situadas en los países
que participan en SÓCRATES.
- Basarse
en acuerdos previos celebrados entre departamentos
o facultades de distintas universidades
o entre las propias universidades. Tales
acuerdos podrían ser anuales o plurianuales,
bilaterales o multilaterales, de carácter
unidisciplinario o pluridisciplinario (por
ejemplo, pueden adoptar la forma de un acuerdo
global celebrado entre los miembros de un
consorcio de universidades). En caso de
que se les solicite, las universidades deberán
probar por escrito la existencia de tales
acuerdos.
5. CRITERIOS DE SELECCIÓN: DISPOSICIONES GENERALES
Los criterios de selección de cada tipo de actividad
se detallan en la sección B. En cuanto a las actividades
previstas en los contratos institucionales, la
referencia a otras fuentes de financiación complementaria
se considera un signo de¡ compromiso del centro
con la actividad y su viabilidad a largo plazo,
y por ello, un rasgo positivo.
6. PROCEDIMIENTOS DE SOLICITUD Y SELECCIÓN: DISPOSICIONES
GENERALES
Las universidades presentan directamente a la
Comisión Europea las solicitudes de contrato institucional.
Los procedimientos utilizados para seleccionar
las actividades previstas en el marco de un contrato
institucional son los siguientes:
·
La selección de las actividades de organización
de la movilidad, ECTS, desarrollo curricular
y programas intensivos se realiza de forma centralizada,
siguiendo un procedimiento de una sola fase
y basándose en la solicitud de contrato institucional.
Las propuestas de desarrollo curricular y programas
intensivos se han de incluir en la solicitud
del contrato institucional del centro coordinador.
·
La selección de las redes temáticas se realiza
de forma centralizada, siguiendo un procedimiento
de dos fases: los proyectos de propuesta se
incluyen en la solicitud del contrato institucional
(fase l), y los coordinadores de los proyectos
de propuestas seleccionados en la fase 1 son
invitados a presentar una propuesta completa
(fase 2).
·
La selección de los solicitantes de financiación
para la movilidad de los profesores y los estudiantes
se realiza bajo la responsabilidad de las agencias
nacionales, en el marco de las directrices generales
adoptadas a escala comunitaria. La agencia nacional
delega en las universidades de origen la responsabilidad
de seleccionar a los solicitantes individuales.
7. AYUDA FINANCIERA: DISPOSICIONES GENERALES
El contrato institucional es un compromiso, en
principio, de que la Comisión contribuirá con
su ayuda financiera a la realización de la política
europea de una universidad. No obstante, sólo
se concede ayuda financiera para determinadas
actividades, y únicamente se garantiza mientras
dure la actividad en cuestión, lo que puede variar
entre uno y tres años. Las universidades no tienen
la obligación de realizar proyectos relacionados
con todos los tipos de actividades admisibles,
del mismo modo que la Comunidad no está obligada
a financiar todas las actividades admisibles que
proponga una universidad.
La financiación de la organización de la movilidad
y las actividades de movilidad, es
decir, las becas para la movilidad de los estudiantes
y el personal docente y las visitas preparatorias,
se conceden con periodicidad anual a través
de las agencias nacionales de cada país participante.
La renovación para el año o los años siguientes
dependerá de que la universidad demuestre en su
informe, y posiblemente a través de otros medios
de evaluación, que ha alcanzado sus objetivos
provisionales en relación con la movilidad. Respecto
a la organización de la movilidad, la Comisión
no selecciona flujos individuales de estudiantes
ni de personal, pero indica a las agencias nacionales
las disciplinas y los vínculos geográficos que
considera más importantes, con el objetivo de
alcanzar un equilibrio global en estos sentidos.
Las agencias nacionales tienen en cuenta estas
prioridades a la hora de redactar sus planes de
acción nacionales para la ejecución de actividades
de movilidad.
En cuanto a los programas intensivos, los proyectos
de desarrollo curricular, las actividades
relacionadas con el ECTS y las redes temáticas,
la Comisión se encarga directamente de
proporcionar la financiación, que puede ser anual
o plurianual. En estos tipos de proyectos,
la solicitud del contrato institucional debe incluir
un programa de trabajo y un presupuesto que cubra
la duración total de la actividad (hasta un máximo
de tres años). Para los proyectos de un año de
duración, se efectuará un único pago al inicio
del proyecto. Para los proyectos cuya duración
esté prevista en dos o tres años, los pagos se
realizarán en tramos adecuados. En el caso de
programas intensivos, proyectos de desarrollo
curricular y redes temáticas, el apoyo a determinadas
actividades viene prefijado con anterioridad.
Cada proyecto se selecciona como un todo, esto
es, para todos los centros asociados que han expresado
y confirmado su deseo de participar. En los programas
intensivos, el centro coordinador recibirá la
ayuda financiera en su totalidad y se encargará
de distribuir los fondos entre los participantes
en función de la naturaleza y el grado de participación
de cada uno de ellos.
Las universidades que los centros coordinadores
mencionen como socias en las solicitudes de programas
intensivos, proyectos de desarrollo curricular
y redes temáticas recibirán y deberán confirmar,
como parte de su contrato institucional, una lista
de los proyectos aprobados en los que sean socias.
En caso de que no confirmen su participación en
algún proyecto, se podrá pedir al centro coordinador
que reembolse total o parcialmente la ayuda correspondiente.
8. INFORMES. DISPOSICIONES GENERALES
Cada universidad presentará un informe anual sobre
las actividades previstas en su contrato institucional.
Si se trata de actividades financiadas anualmente,
el informe del año correspondiente incluirá un
documento con los datos finales completos. En
el caso de actividades financiadas con periodicidad
plurianual, el informe relativo al año de comienzo
de la actividad incluirá un documento con datos
provisionales, y el relativo al año de su finalización
incluirá un documento con los datos finales completos.
Las agencias nacionales pueden pedir los siguientes
informes adicionales sobre las actividades de
cuya gestión son responsables:
-
informes semestrales en los que se facilite
información provisional sobre el número de estudiantes
y profesores que se beneficien de la movilidad,
-
informes sobre actividades complementarias específicas,
como cursos intensivos de preparación lingüística
(véase la parte B).
B. Detalles
sobre las actividades que pueden optar a financiación
comunitaria
-
ORGANIZACIÓN
DE LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES Y PERSONAL
DOCENTE UNIVERSITARIO
-
PROGRAMAS
INTENSIVOS
-
DESARROLLO
CONJUNTO (O EJECUCIÓN / DIFUSIÓN DE PLANES)
DE ESTUDIO ("PROYECTOS DE DESARROLLO CURRICULAR")
-
EL
SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS ACADÉMICOS
DE LA COMUNIDAD EUROPEA (ECTS)
-
MOVILIDAD
DE LOS ALUMNOS Y DEL PERSONAL DOCENTE
-
VISITAS
PREPARATORIAS
-
REDES
TEMÁTICAS ERASMUS
1. ORGANIZACIÓN DE LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES Y PERSONAL
DOCENTE UNIVERSITARIO
Definición
y objetivos
En la organización de la movilidad de los estudiantes
y el personal docente universitario participan
universidades que colaboran en la creación de
las condiciones ideales para que estudiantes y
profesores disfruten de períodos de estudio o
de enseñanza, respectivamente, en universidades
asociadas de otros países participantes, lo que
les permite ampliar sus conocimientos sobre los
ámbitos académicos que estudian desde una perspectiva
diferente a la tradicional en su país de origen.
Criterios de
selección
En la evaluación de las solicitudes se tendrá
en cuenta la calidad de las medidas de apoyo previstas
por la universidad en relación con la movilidad
de los estudiantes y el personal docente, y en
especial respecto a:
-
Los métodos de selección de los estudiantes y los
profesores que participarán en las actividades
de movilidad.
-
Las medidas adoptadas para facilitar una preparación
lingüística adecuada a los estudiantes y profesores
seleccionados.
-
La difusión de información sobre la universidad
de acogida y sus programas de estudios.
-
Los acuerdos académicos y de organización alcanzados
con los centros asociados. Por ejemplo, en
el caso de los estudiantes, sobre el reconocimiento
académico de los períodos de estudio en el
extranjero; en el caso de los profesores,
sobre la inclusión de los cursos impartidos
en el programa habitual de la universidad
de acogida; en general, las disposiciones
relativas a la evaluación de los estudiantes
y de los cursos, etc. Todo esto puede suponer
visitas a los centros asociados.
-
La confirmación de que se llegará a un acuerdo con
los estudiantes sobre programas de trabajo
individuales y sobre la carga de trabajo necesaria
para aprobar un examen o cualquier otra forma
de evaluación.
-
La información sobre los acuerdos con los profesores
en cuanto a las horas de clase que deberá
impartir el profesor visitante como parte
de los cursos necesarios para obtener un título
de¡ centro de acogida. Como norma general,
el tiempo lectivo no será inferior a una semana
o a 8 horas de clase.
-
El apoyo que se prestará a los estudiantes y los
profesores acogidos en el centro: cursos de
idiomas, introducción a la universidad de
acogida, asesoramiento académico para los
estudiantes, ayuda en cuestiones de tipo práctico
tales como la búsqueda alojamiento, etc.
-
El seguimiento de los estudiantes que participen
en las actividades de movilidad, incluidas
las visitas a los centros asociados.
-
La organización de la información que los estudiantes
y profesores que hayan participado en el programa
de movilidad puedan proporcionar a los que
deseen hacerlo (se puede incluir la ayuda
a las organizaciones de estudiantes locales
o a estudiantes concretos seleccionados en
varios departamentos para organizar un servicio
de información y asesoramiento dirigido a
los estudiantes que lleguen al centro o salgan
de él para participar en el programa de movilidad).
Se espera que las universidades desarrollen los
procedimientos adecuados para informar a los estudiantes
y profesores Erasmus de las posibilidades de movilidad
disponibles. Durante la selección de los candidatos
a los programas de movilidad, deberán prestar
especial atención a la preparación lingüística,
al mérito académico y a la motivación. Deberá
realizarse un esfuerzo especial para fomentar
una participación equilibrada entre hombres y
mujeres en cada área de estudio, así como para
ofrecer a los estudiantes con discapacidad las
mejores condiciones posibles de participación.
Ayuda financiera
Con la ayuda financiera para la organización de
la movilidad se intenta contribuir a sufragar
los gastos de las universidades derivados de las
tareas de organización anteriormente relacionadas.
Esta ayuda es independiente de las becas individuales
disponibles para los estudiantes y el personal
docente que emprenden actividades de movilidad,
de las que constituye un complemento.
La agencia nacional será la encargada de hacer
efectivo el pago de la beca de organización de
la movilidad. Normalmente lo hará en dos tramos.
El primero de ellos tendrá lugar al inicio de¡
año académico; el (posible) segundo se abonará
durante el año académico, y tendrá en cuenta el
número de alumnos y profesores que realmente participarán
en el programa de movilidad.
El nivel de la ayuda financiera concedida variará
mucho dependiendo de¡ número de estudiantes y
profesores que participen en el programa de movilidad
y de la medida en que las prioridades presentadas
por la universidad respondan a la preocupación
comunitaria sobre la participación equilibrada
en las actividades de cooperación de Erasmus de
las diferentes disciplinas y los países y regiones
participantes. En el cálculo de las ayudas para
la organización de la movilidad, la Comisión no
sólo tendrá en cuenta las solicitudes de la universidad
en cuanto a la movilidad de alumnos y profesores,
sino también los indicadores de¡ rendimiento en
esos ámbitos durante los últimos años, en términos
de volumen y de dirección de la movilidad conseguidos
en la práctica y cotejados con las cifras de la
solicitud inicial.***
Las universidades de los países cuya lengua nacional
sea una de las menos utilizadas y enseñadas podrán
optar a una financiación complementaria que harán
efectiva las agencias nacionales para contribuir
a la organización de cursos intensivos de preparación
lingüística destinados a los estudiantes acogidos.
Por otro lado, el personal docente que participe
en dichos cursos intensivos podría ser remunerado
por su país de origen, y el apoyo a la
organización de la movilidad en la universidad
que acoja cursos intensivos de preparación lingüística
no se podrá utilizar para completar las ayudas.
2.
PROGRAMAS INTENSIVOS
Definición
y objetivos
Un programa intensivo es un período de estudios
de corta duración en el que participan estudiantes
y profesores procedentes de universidades de diferentes
países con el objeto de:
-
fomentar la enseñanza eficaz y multinacional sobre
ciertos temas especializados que de otra manera
podrían no enseñarse o se limitarían a un
número muy restringido de universidades,
-
permitir que los estudiantes y los profesores trabajen
juntos en grupos multinacionales, que se beneficien así de condiciones especiales de aprendizaje y enseñanza
normalmente no disponibles en un centro, y
que obtengan nuevas perspectivas de la disciplina
o de¡ tema objeto de estudio,
-
permitir que los miembros de¡ personal docente intercambien
puntos de vista sobre el contenido y los enfoques
docentes y prueben métodos docentes en el
entorno de una clase internacional.
Se recomienda a las universidades que inviten
a participar a especialistas y expertos no académicos,
aunque sólo los estudiantes, los profesores y
las propias universidades podrán obtener ayuda
comunitaria. Las universidades que organicen un
programa intensivo deberán asegurarse de que éste
cuente con el pleno respaldo de la universidad
donde tenga lugar, y de que entre los participantes
figuren miembros de¡ personal académico y estudiantes
de la universidad de acogida.
Un programa intensivo puede ser una actividad
que se realice de una sola vez o que se repita
a lo largo de cierto número de años. Si se trata
de un programa intensivo plurianual, debe indicarse
su duración en el programa de trabajo incluido
en la solicitud, y el presupuesto deberá cubrir
todos los años de duración.
Uno de los centros asociados deberá encargarse
de la coordinación académica transnacional de¡
programa intensivo. Sólo el centro coordinador
de la asociación debe presentar un proyecto de
propuesta de¡ programa intensivo, que formará
parte de su solicitud de contrato institucional
(como ya se ha explicado). (Véase la sección A)
Criterios de
elegibilidad y selección
Los
programas intensivos durarán entre diez días laborables
consecutivos (separados sólo por un fin de semana)
y tres meses. En ellos estarán representadas universidades
de, como mínimo, tres países participantes (incluido
el centro coordinador). Los programas intensivos
no podrán consistir
en actividades de investigación ni en conferencias.
Se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias:
-
Con el fin de mejorar el impacto europeo de los
programas intensivos, se concederá prioridad
a aquéllos en los que participen universidades
de más de tres países.
-
El ratio entre personal docente y estudiantes debe
garantizar una participación activa en las
aulas y potenciar un elemento de desarrollo
curricular en la aplicación de¡ programa intensivo;
una cifra indicativa sería 1 profesor por
cada 5 alumnos.
-
El programa debe estar integrado en el programa
de estudios de los estudiantes que participen
en él. Se favorecerán especialmente los programas
intensivos que prevean un reconocimiento académico
pleno para los alunas participantes.
-
Se favorecerá la autoevaluación de los programas
intensivos (por ejemplo, mediante cuestionarios
que deberán cumplimentar los estudiantes y
los profesores participantes). Los resultados
de la evaluación deberán incluirse en el informe
de la universidad coordinadora sobre la ejecución
de¡ programa intensivo.
-
Se tendrán especialmente en cuenta los programas
intensivos centrados en disciplinas que no
se presten fácilmente al estudio en el extranjero
durante períodos prolongados.
-
Se tendrán especialmente en cuenta los programas
intensivos que contribuyan a la difusión de
disciplinas nuevas y en rápida evolución.
-
También se tendrán especialmente en cuenta los programas
intensivos cuyos elementos demuestren claramente
el desarrollo conjunto de los programas de
estudios.
Ayuda financiera
La
ayuda comunitaria financiará la aplicación de¡
programa intensivo durante dos o tres años consecutivos,
siempre que el grupo de participantes o los temas
tratados varíen de un año a otro (aunque estos
últimos podrán estar relacionados). El programa
intensivo puede tener lugar en un centro que no
sea el coordinador, e incluso en otro país, pero
el centro coordinador siempre será el responsable
de la aplicación de la actividad, del uso dado
a la ayuda y de presentar los informes a la Comisión.
La ayuda financiera podrá ser utilizada para sufragar
los gastos de viaje y estancia transnacional de¡
personal docente y los estudiantes, los gastos
de viaje y estancia en el marco de reuniones para
la preparación o evaluación de¡ programa, y los
costes de elaboración, traducción y difusión de
la información y el material didáctico. Las ayudas
se calcularán en función de¡ número de centros
y personas participantes.
Las ayudas para los programas intensivos se pagarán
a la universidad coordinadora, que se encargará
de distribuirlas entre los participantes. Si el
centro coordinador no da acogida al programa,
deberá poner a disposición de¡ centro de acogida
los fondos necesarios. Los profesores y los alumnos
no deberán emplear sus becas de movilidad (véase la sección 5) para sufragar
los gastos de asistencia a un programa intensivo,
aunque no existe ningún inconveniente en que un
estudiante o un profesor participante en el programa
de movilidad asistan a un programa intensivo que
se celebre en el centro de acogida durante su
período normal de movilidad.
3.
DESARROLLO CONJUNTO (O EJECUCIÓN / DIFUSIÓN) DE
PLANES DE ESTUDIO ("PROYECTOS DE DESARROLLO CURRICULAR")
INTRODUCCIÓN GENERAL
Definición
y objetivos
La acción Erasmus financia tres tipos de actividades
del ámbito del desarrollo curricular conjunto
y la aplicación o difusión de los programas de
estudio por parte de universidades de distintos
países participantes:
El objetivo de las becas de desarrollo curricular
es reforzar la calidad y la dimensión europea
de la enseñanza superior mediante la combinación
de los conocimientos técnicos y punteros de universidades
de distintos países. Se concederá particular importancia
a la cooperación con el mundo profesional a escala
regional, nacional y europea. Los resultados de
los proyectos de desarrollo curricular se habrán
de poder difundir entre un grupo mayor de centros,
aparte de los que intervienen directamente en
el proyecto, de manera que pueda incrementarse
el efecto multiplicador de la inversión comunitaria
en tales proyectos.
Los proyectos de desarrollo curricular requieren
la coordinación académica transnacional de uno
de los centros participantes. Sólo el centro coordinador
de una asociación podrá presentar una descripción
completa de las actividades correspondientes en
el marco de la realización global de su contrato
institucional (véase más arriba).
Desde su fase de desarrollo, todos los proyectos
de desarrollo curricular deberán tener en cuenta
las posteriores actividades de aplicación y difusión.
La Comisión acogerá también favorablemente los
proyectos diseñados específicamente para la aplicación
y la difusión de los resultados de los proyectos
de desarrollo curricular que hayan dejado atrás
la fase de desarrollo. Las actividades de aplicación
y difusión podrían incluir el desarrollo de pruebas
de acceso para los estudiantes, la preparación
de sitios web para informar, asesorar y orientar
a los estudiantes, la ampliación de la red a nuevos
socios, la expansión del desarrollo curricular
a campos como el perfeccionamiento y la educación
de adultos, la promoción del desarrollo curricular
entre los empresarios que podrían dar trabajo
a los diplomados o licenciados, y la organización
y participación en conferencias o seminarios donde
se demuestren los productos desarrollados.
Volver a Desarrollo conjunto de planes de estudio

Criterios
de elegibilidad y selección aplicables a
todos los proyectos de desarrollo curricular
Además de los
criterios indicados en el marco de cada una de
las medidas específicas siguientes, se debe tomar
en consideración que:
-
En todos los proyectos de desarrollo curricular
habrán de intervenir universidades de, como mínimo, tres países participantes. Para mejorar
el impacto europeo de los proyectos de desarrollo
curricular, se concederá prioridad a aquéllos
en que participen universidades de más de
tres países.
-
La Comisión valorará especialmente que la asociación
abarque un ámbito geográfico razonable.
-
Se concederá particular importancia a las actividades
de desarrollo curricular en las que intervengan
empresas y que contribuyan a mejorar las posibilidades
de empleo de los licenciados o diplomados.
-
Las solicitudes de las universidades se reforzarán,
en especial en el caso de los módulos europeos,
incluyendo la cooperación con las agencias
y autoridades regionales, con las autoridades
locales y con otros tipos de centros de educación
superior, como las de formación profesional.
En las solicitudes se deberá demostrar que
esta cooperación contribuirá a acrecentar
la calidad de la educación y a lograr economías
de escala.
-
Se prestará especial atención a los proyectos que
hagan un uso juicioso de nuevos medios,
como el material didáctico con soporte en CD-ROM o la enseñanza y el
aprendizaje interactivos basados en Internet,
y en particular a los que den lugar a una
cooperación entre universidades "convencionales"
y centros de educación superior especializados
en la enseñanza abierta y a distancia (incluidas
las universidades virtuales). En tales casos,
las solicitudes deberán mostrar claramente
cómo se integrará el material creado en los
distintos métodos de enseñanza aplicados por
los centros que colaboran en el proyecto.
-
La Comisión es partidaria de que se establezca una
sinergia entre los proyectos de desarrollo curricular y los resultados y productos de los proyectos desarrollados
por redes. Por lo tanto, apreciará especialmente
las propuestas orientadas al desarrollo o
la aplicación y la difusión de nuevos planes
de estudios, basados en los resultados conseguidos
y en las recomendaciones formuladas por las
redes temáticas Erasmus y por redes desarrolladas
en otros contextos.
Volver a Desarrollo conjunto de planes de
estudio 
Ayuda financiera
La financiación de los proyectos de desarrollo
curricular comprenderá un período de hasta tres
años. Dado que los proyectos para el desarrollo
de los programas de estudios normalmente requieren
más tiempo para la elaboración de los módulos,
a título indicativo se considera que un "programa
de estudios tipo" debe durar en torno a dos o
tres años, y que un "módulo tipo" debe durar entre
uno y dos años. Siempre que se solicite financiación
durante más de un año para un proyecto, deberá
mencionarse esta circunstancia en la solicitud,
que en esos casos incluirá un plan de trabajo
y un presupuesto detallados para toda la duración
de¡ proyecto (esto es, para dos o tres años).
Tras la finalización de la fase de desarrollo,
se podrá solicitar financiación para contribuir
a aplicar y difundir los resultados y productos
de¡ proyecto (véanse, más adelante, los criterios
aplicables a dichos proyectos). Los proyectos
especialmente diseñados para la aplicación o la
difusión se financiarán durante un año.
En el nivel de ayuda a los proyectos de desarrollo
curricular influirá el número de socios. En general,
a causa de las diferencias en el alcance de las
actividades, la dotación asignada a un proyecto
tipo "programa de estudios" será superior a la
que se conceda para un proyecto tipo "módulo".
El nivel de la ayuda a los proyectos de aplicación
o difusión se calculará en función de las actividades
propuestas.
Volver a Desarrollo conjunto de planes de estudio

Proyectos
para el desarrollo conjunto de "programas de estudios"
a nivel intermedio o avanzado (categoría de máster)
Definición
y objetivos
En esta actividad participan universidades de distintos
países participantes asociadas para colaborar
en la modificación o adaptación de los programas
de estudios ya existentes, o bien en el establecimiento
de programas nuevos, creados en equipo y que comprendan
todas las etapas de¡ programa de estudios de la
universidad (independientemente de cómo se designen,
esto es, primer o segundo ciclo, diplomatura o
licenciatura, títulos de la categoría de máster
y doctorado).
Esta actividad trata de impulsar a las universidades
a trabajar en más estrecha colaboración para mejorar
la calidad y la innovación en la elaboración de
los programas de estudios y facilitar el reconocimiento
académico íntegro de los períodos de estudios
cursados en el extranjero. Esta definición excluye
las medidas tomadas por las universidades para
mantener un título sin cambios. Los socios deberían
incluir un plan minucioso y convincente sobre
el desarrollo y la ejecución de¡ programa, en
los que se tengan en cuenta los procedimientos
de acreditación de su centro y / o de su país.
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Criterios
de elegibilidad y selección (véase
también la introducción general a esta sección)
Para obtener ayuda financiera, las propuestas
deberán indicar claramente la manera en que se
modificarán los programas de estudios existentes,
o presentar un resumen del contenido y las estructuras
de los nuevos programas de estudios propuestos.
En proyectos relacionados con programas que se
encuentren en sus etapas iniciales o intermedias,
puede resultar necesario modificar los programas
actuales o la combinación de los cursos existentes
en un nuevo programa. Para ello será preciso realizar
comparaciones considerables.
Esta medida ofrece ayuda para establecer cursos
nuevos altamente selectivos de nivel avanzado
(categoría de máster) que respondan al déficit
europeo en materia de recursos humanos cualificados,
mediante la puesta en común de la experiencia
transnacional en los campos correspondientes.
Por consiguiente, debe realizarse un análisis
de necesidades que aborde, entre otras cosas,
la cuestión de la falta de recursos humanos en
Europa con el grado de cualificación considerado
y muestre cómo la resolvería el programa propuesto.
En estos proyectos, el programa para el que se
solicite financiación debe ser nuevo, comprender de uno a dos años de cursos e incluir un
núcleo central compartido por todos los centros
participantes. El proyecto debe prever el desarrollo
de un programa de diplomatura o licenciatura íntegro,
y no limitarse a módulos o unidades de cursos.
Todos los centros participantes deben comprometerse
en la aplicación del programa y en el reconocimiento
del título resultante, con arreglo a las normas
y los procedimientos de sus respectivos países.
NOTA: Cuando la actividad de desarrollo curricular
afecte únicamente a la formación práctica de los
profesores, se aconseja a los candidatos que lean
atentamente la Guía del Candidato de Comenius
2 de la acción sobre educación escolar de SÓCRATES,
o se dirijan a la Comisión o la AN Sócrates y que reflexionen sobre si su proyecto no encajaría
mejor en esa parte del programa.
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Proyectos de desarrollo
conjunto de "módulos europeos"
Definición
y objetivo
Al desarrollar módulos europeos, las universidades
deberán orientarse a promover la dimensión europea
de los programas de estudios entre una amplia
gama de disciplinas, con objeto de ofrecer una
perspectiva europea a una proporción significativa
de estudiantes en sus disciplinas de especialización.
La creación de estos módulos se orientará a aumentar
la toma de conciencia de los estudiantes sobre
la cultura y las instituciones europeas, reconociéndose
el hecho de que sólo una parte muy limitada de
los estudiantes puede participar en los programas
de intercambio.
Los módulos pueden centrarse en:
-
la historia, sociedad, cultura, política o economía
de los países europeos,
-
distintos aspectos de la integración europea, tales
como el derecho comunitario, la economía europea
o la organización y la historia de la Unión
Europea,
-
elementos o aspectos comparativos relacionados con
el contenido de una determinada disciplina
en los diferentes países participantes,
-
el desarrollo de módulos lingüísticos especializados
relacionados con el contenido de una disciplina
determinada y que se integren en el programa
de estudios de dicha disciplina (la lengua
en cuestión debe ser una de las lenguas oficiales
de la Unión Europea).
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Criterios
de elegibilidad y selección (véase
también la introducción general a esta sección)
Deberá demostrarse que los módulos propuestos
representan una innovación para las universidades
participantes y que afectarán a una proporción
significativa de los estudiantes que cursan la
disciplina o las disciplinas correspondientes.
Todas las universidades asociadas participantes
deberán comprometerse a incluir el módulo o los
módulos en sus respectivos programas de estudios.
Se prestará
especial atención a los módulos que abarquen el
conocimiento de diferentes disciplinas y / o estén
a disposición de estudiantes de diversas disciplinas.
La contribución de cada centro participante en
el desarrollo de¡ módulo o los módulos deberá
estar claramente definida. En cuanto a los módulos
lingüísticos enfocados a una disciplina concreta,
se dará prioridad a las iniciativas relacionadas
con las lenguas menos utilizadas y enseñadas en
la Unión.
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Proyectos
de aplicación y difusión de los resultados de
proyectos de desarrollo curricular
Definición
y objetivos
El objetivo de los proyectos de este tipo es aplicar
proyectos de desarrollo curricular (de¡ tipo programa
o de¡ tipo módulo descritos en los dos puntos
anteriores) en las universidades que participan
en el proyecto, y divulgar sus resultados entre
un público más amplio.
Se considera que un programa o un módulo de desarrollo
reciente se incorporan al catálogo de¡ curso de
la institución o las instituciones en la fase
de "aplicación", incluyendo, cuando proceda, los
diferentes pasos para su acreditación.
Mediante la fase de "difusión" se intenta poner
los resultados del proyecto a disposición de un
público que no se limite a la asociación creadora
del proyecto ni a los centros de enseñanza superior.
Esto se puede conseguir mediante actividades tales
como la ampliación de la red de socios de modo
que incluya a otras universidades, en especial
a universidades de los países candidatos a la
adhesión, que pretendan aplicar el desarrollo
curricular en sus propios programas; la expansión
del programa o el módulo a otros sectores, tales
como la educación de adultos o el perfeccionamiento;
difundiendo el desarrollo curricular a través
de la enseñanza a distancia; o estableciendo unos
lazos más estrechos con el mundo profesional mediante
la inclusión de elementos de enseñanza cooperativa.
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Criterios
de elegibilidad y selección (véase
también la introducción general a esta sección)
En la solicitud se deben definir claramente los
resultados que se habrán de ejecutar o difundir,
los grupos a los que se harán llegar y la metodología
prevista para conseguirlo. La propuesta debe demostrar
que el desarrollo curricular (programa o módulo)
se somete a un procedimiento de evaluación de
la calidad en todos los centros donde se vaya
a ejecutar en el marco del proyecto de ejecución.
Se concederá prioridad a los proyectos encaminados
a aplicar y difundir los resultados de proyectos
de desarrollo curricular financiados por la primera
o la segunda fase del programa SÓCRATES. También
se tendrán en cuenta los proyectos orientados
a aplicar o difundir los resultados de proyectos
de desarrollo curricular desarrollados sin el
apoyo de SÓCRATES (véase el Anexo 4 "Otras fuentes de ayuda comunitaria"),
siempre y cuando en el desarrollo curricular hayan
cooperado como mínimo tres países que participen
en SÓCRATES y los proyectos satisfagan los criterios
de calidad aplicables a los desarrollos curriculares
realizados con el apoyo de SÓCRATES.
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4.
EL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS ACADÉMICOS
DE LA COMUNIDAD EUROPEA (ECTS)
Volver a Detalles sobre las actividades

Definición y objetivos
El Sistema de Transferencia de Créditos Académicos
de la Comunidad Europea (ECTS) es un sistema de
adjudicación y transferencia de créditos académicos
que se ha introducido en gran medida en el marco
del contrato institucional. Está destinado a facilitar
el proceso de reconocimiento académico a través
de mecanismos eficaces y de aplicación generalizada.
El ECTS constituye un código práctico para organizar
el reconocimiento académico que se basa
en la transparencia
de los programas de estudios y en los resultados
de los estudiantes. Por sí mismo
no regula el contenido, la estructura ni la equivalencia
de los programas académicos, pues
ésas son cuestiones relacionadas con la calidad
que deben determinar las propias universidades cuando elaboran sus programas y planes de estudios.
Los principios básicos del ECTS requieren lo siguiente:
-
Para la asignación de créditos a cada unidad de
curso se tendrá en cuenta que un curso
académico completo de estudios equivale a 60 créditos.
-
Las universidades presentarán todos los cursos a
los que puedan optar los estudiantes
acogidos mediante un paquete informativo en el que estará claramente
indicado el crédito
asignado a cada curso.
-
Se formalizará un "contrato de estudios tripartito"
firmado antes del inicio del período de
estudios en el extranjero, en el que la universidad
de origen, la universidad de acogida y el
estudiante describirán el programa de estudios que
éste seguirá en el extranjero. El contrato irá acompañado de un "historial académico" que incluya los resultados
académicos
obtenidos hasta la fecha por el estudiante.
-
En relación con todos los cursos superados en el
extranjero, los estudiantes recibirán un
"historial académico" de la universidad de acogida en el que se detallará
la denominación de
los cursos y los créditos que representan.
-
La universidad de origen reconocerá el volumen de
créditos obtenidos por el estudiante
en otros centros con relación a cursos específicos, de modo que el crédito
correspondiente a
los cursos superados sustituya al que hubiese
obtenido en la universidad de origen
durante
un período de estudios comparable.
La Comisión fomenta el uso más amplio del ECTS
con el propósito de facilitar la movilidad de
los estudiantes de toda Europa y alcanzar un nivel
satisfactorio en el reconocimiento mutuo de títulos
académicos. Se recomienda encarecidamente que
las universidades que soliciten la ayuda de Erasmus
elaboren programas de aplicación del ECTS o, cuando
éste se aplique ya de forma parcial o experimental,
difundan su uso entre un número mayor de departamentos
o facultades. La Comunidad seguirá prestando su
apoyo a las actividades auxiliares para contribuir
a garantizar la correcta aplicación del ECTS.
Dichas actividades pueden incluir, por ejemplo,
las visitas in situ de los asesores del ECTS.
Criterios de elegibilidad y selección
Todas las universidades pueden solicitar ayuda
para introducir el ECTS en las facultades o departamentos
en los que aún no se aplique. La continuidad de
la ayuda dependerá de los progresos demostrados
en los informes anuales de la universidad en relación
con la introducción del ECTS.
Se dará prioridad a las universidades que no hayan
recibido ayuda comunitaria para desarrollar el
uso del ECTS en ninguno de sus departamentos.
Se prestará especial atención a las universidades
que se comprometan a introducir el ECTS en un
amplio abanico de disciplinas.
Ayuda
financiera
El nivel de la ayuda financiera otorgada a una
universidad para la introducción de¡ ECTS dependerá
de¡ número de disciplinas en que se introduzca
el sistema. La ayuda financiera se podrá usar
para la producción y difusión de paquetes de información
y otros materiales sobre ECTS, como contratos
de estudios e historiales académicos, así como
para la formación relacionada con la aplicación
de¡ ECTS.
La Comisión, en cooperación con las agencias nacionales y los expertos, seguirá
proporcionando información y orientaciones sobre
la aplicación del ECTS, a través, por ejemplo,
de los teléfonos de ayuda directa y los consejeros
de¡ ECTS.
En la dirección de Internet http://europa.eu.int/comm/education/socrates/ects.html
pueden consultarse la Guía de¡ Usuario
del ECTS (en todas las lenguas de la Unión),
las directrices sobre la presentación en la web
de los expedientes de información sobre el ECTS,
e información de carácter general sobre dicho
sistema.
5. MOVILIDAD DE LOS
ALUMNOS Y DEL PERSONAL DOCENTE
Las universidades que deseen obtener financiación
Erasmus, ya sea en forma de becas para la
movilidad de alumnos o como becas para
la movilidad de¡ personal docente, deberán
hacerlo constar en su solicitud de contrato institucional.
Se les pedirá que realicen un cálculo aproximado
de¡ número de personas que participarán en cada
tipo de movilidad, desglosado por países de destino.
Se considerará de particular importancia que se
vele por que las personas pertenecientes a grupos
étnicos o culturales minoritarios o que sufren
discapacidad participen plenamente en las actividades
de movilidad (véase el Anexo 3 "La igualdad de oportunidades en
Sócrates").
-
MOVILIDAD
DE ESTUDIANTES
-
MOVILIDAD
DEL PERSONAL DOCENTE
1. Movilidad de los estudiantes
Para obtener información específica para la movilidad de estudiantes ir
a: http//:europa.eu.int/comm/education/erasmus/students_es.html
Definición y objetivos
Las
becas para la movilidad de los estudiantes disponibles
en el marco de Erasmus son administradas por la
red de agencias nacionales designadas por
los países participantes. En el marco de las líneas
directrices enunciadas a nivel comunitario, los
procedimientos de concesión de becas y el nivel
de éstas podrán variar. Las agencias nacionales
podrán asignar becas directamente a los estudiantes
o al personal docente, aunque la mayoría de ellas
lo hará indirectamente, a través de la universidad
de origen.
Los objetivos de la movilidad de los estudiantes
Erasmus son los siguientes:
- permitir
que los alumnos se beneficien, en el aspecto
lingüístico, cultural y educativo, de las
experiencias de otros países europeos y de
sus disciplinas de estudio,
- enriquecer
el entorno educativo de¡ centro de acogida,
- fomentar
la cooperación entre los centros que intercambian
estudiantes,
- contribuir
al enriquecimiento de la sociedad en general
mediante la creación de una comunidad de jóvenes
y futuros profesionales bien cualificados,
con mentes abiertas y experiencia internacional,
- contribuir
a sufragar los gastos de la movilidad y a
que los alumnos disfruten de un período de
estudios en el extranjero en casos en que,
de otra manera, no sería posible.
Criterios
de elegibilidad (para ser considerado un estudiante
Erasmus)
Los alumnos que cursen un programa de estudios
en una universidad asociada en el marco de¡ contrato
institucional previsto en el programa Erasmus
se considerarán "estudiantes Erasmus", siempre
que cumplan las siguientes condiciones (independientemente
de si reciben o no en la práctica una beca para
la movilidad de alumnos):
- Los estudiantes
cumplirán los criterios relacionados con la
nacionalidad (véase el epígrafe "quién puede
participar en Sócrates").
- Los estudiantes
habrán finalizado su primer año de estudios
universitarios.
- Los estudiantes
estarán matriculados en un programa de estudios
oficial de enseñanza superior que concluya
con la obtención de un título de la enseñanza
superior, incluidos los estudios de doctorado,
reconocidos de conformidad con los procedimientos
de cada país participante.
- Los intercambios
de los estudiantes propuestos para la movilidad
se basarán en acuerdos interuniversitarios
como los mencionados en la sección A.1.
- El período
de estudio cursado en el centro asociado no
podrá ser inferior a tres meses ni superior
a un año.
- El período
de estudio en el extranjero deberá constituir
una parte integrante de¡ programa de estudios
de la universidad de origen.
- El período
de estudio en el extranjero deberá obtener
un reconocimiento académico completo; es decir,
la universidad de origen se comprometerá a
reconocer que el período de estudios realizado
en el extranjero (incluidos los exámenes u
otras formas de evaluación) reemplazará a
un período de estudio comparable en la universidad
de origen (incluyendo también los exámenes
u otras formas de evaluación), incluso si
el contenido de¡ programa de estudios es diferente.
Debe informarse por escrito al estudiante
sobre el contenido de los cursos que seguirá
en el extranjero. Al final del período de
estudio en el extranjero, la universidad de
acogida deberá entregar al estudiante y a
la universidad que lo envió un certificado
en el que confirme que ha seguido el programa
de estudios convenido, así como una relación
de los resultados que ha obtenido.
- No deberán
pagarse tasas universitarias en el centro
de acogida (por concepto de tutoría,
inscripción, exámenes, uso de los laboratorios y
bibliotecas, etc.). No obstante, la universidad
podrá pedir que se abonen tasas reducidas
para cubrir el coste del seguro, la afiliación
a sindicatos de estudiantes y la utilización
de materiales diversos tales como fotocopias,
productos de laboratorio, etc., sobre las
mismas bases que se aplican a los estudiantes
ordinarios. El centro de origen podrá continuar
percibiendo las tasas universitarias de los
estudiantes que se desplacen al extranjero.
- El pago
de becas y préstamos nacionales a los estudiantes
habrá de mantenerse en su totalidad.
- El estudiante
deberá haber adquirido un conocimiento suficiente
de la lengua en la que se impartirán los cursos
a los que vaya a asistir.
Para la concesión de becas comunitarias, la agencia
nacional y las universidades deberán tener adecuadamente
en cuenta la situación económica de los estudiantes.
Un período de estudios Erasmus en el extranjero
podría incluir prácticas en una empresa, siempre
y cuando vaya acompañado o precedido de un período
de estudio de tres meses como mínimo en el extranjero
y sea reconocido como parte integrante del programa
de estudios del estudiante en su universidad de
origen. Esta situación exige que tanto el centro
de origen como el de acogida desempeñen un papel
activo en la organización y la supervisión del
período de prácticas en la empresa (Las ayudas
complementarias a prácticas financiadas por la
Comunidad que no van acompañadas necesariamente
de un período de estudio en el extranjero están
previstas en el programa Leonardo da Vinci ****).
Podrá ofertarse un número muy limitado de becas
de movilidad a aquellos estudiantes Erasmus que,
aún cumpliendo las demás condiciones establecidas
anteriormente, se encuentren fuera del marco del
contrato institucional ("estudiantes libres").
El número de dichas becas dependerá de las políticas
que aplique la agencia nacional de cada país participante,
y puede verse afectado por la demanda de becas
Erasmus de los estudiantes del país en cuestión.
Desde 2001, una universidad sólo puede enviar
estudiantes libres durante sus primeros dos años
de participación en SÓCRATES; a partir de ese
momento, únicamente se concederán becas de movilidad
para los alumnos dentro del marco del contrato
institucional.
Ayuda
financiera
El número de becas de movilidad que las agencias nacionales concedan a los estudiantes
Erasmus dependerá del número de estudiantes indicado
en las solicitudes de contrato institucional de
las universidades, del presupuesto disponible,
del equilibrio de flujos entre países y disciplinas,
de la financiación complementaria disponible procedente
de otras fuentes, etc.
El
estatus de "estudiante Erasmus" no depende de
la concesión de una beca de movilidad Erasmus
al estudiante en cuestión.
Las becas se conciben como una contribución a
los gastos extra que supone el estudio en el extranjero,
y no deben utilizarse para cubrir gastos que los
estudiantes también tendrían en su centro de origen.
Los importes varían considerablemente de unos
países a otros.
Se insta a las universidades a que fomenten la
participación de los estudiantes con discapacidad
en la movilidad (véase el Anexo 3 "La igualdad de oportunidades en
Sócrates"). Las solicitudes de becas
complementarias para estudiantes deben presentarse
a la agencia nacional de¡ país de origen.
Se podrá conceder una ayuda complementaria a los
estudiantes Erasmus que se desplacen a países
donde la lengua nacional sea una de las menos
utilizadas y enseñadas, para que asistan a un
curso intensivo de entre cuatro y ocho semanas
de duración en el país de destino antes de¡ período
normal de estudios Erasmus. Esta ayuda complementaria
sólo se podrá conceder a los estudiantes seleccionados
para un período de estudios Erasmus de entre 3
y 12 meses de duración (sin incluir el curso de
lengua). Al conceder estas ayudas, las agencia
nacionales tendrán en cuenta la duración de¡ período
de estudios Erasmus que los candidatos pasarán
en el extranjero. Darán prioridad a los estudiantes
cuyos períodos de estudios sean más prolongados,
e intentarán conseguir una representación equilibrada
de todas las disciplinas.
2. Movilidad del personal docente
Para obtener
información específica para la movilidad de estudiantes
ir a: http//:europa.eu.int/comm/education/erasmus/teacher_es.html
Definición y objetivos
Las
becas para la movilidad del personal docente disponibles
en el marco de Erasmus son administradas por las
agencias nacionales designadas por los países
participantes. En el marco de las líneas directrices
enunciadas a nivel comunitario, los procedimientos
de concesión de becas y el nivel de éstas podrán
variar. Normalmente, será la universidad de origen
la que asigne la beca. Se fomentará la movilidad
entre centros de enseñanza superior especializados
en nuevos modos de docencia, como la enseñanza
a distancia, y las universidades "tradicionales".
Los objetivos de la movilidad del personal
docente Erasmus son los siguientes:
- brindar
al personal docente posibilidades de desarrollo
personal y profesional,
- impulsar
a las universidades a ampliar y enriquecer
el abanico de cursos impartidos,
- permitir
a los estudiantes que no puedan participar
en un programa de movilidad que se beneficien
del conocimiento y la experiencia del personal
docente de universidades de otros países europeos,
- consolidar
los vínculos entre centros de distintos países,
- fomentar
el intercambio de conocimientos técnicos y
experiencias sobre métodos pedagógicos.
- La duración
de los períodos de enseñanza asignados será
de una semana o un mínimo de 8 horas lectivas,
aunque podrá alcanzar hasta un semestre completo
(6 meses).
Criterios de elegibilidad y selección
Los
profesores que se benefician de un período de
enseñanza en una universidad asociada deberán
estar plenamente integrados en el departamento
o facultad de¡ centro de acogida.
Esto quiere decir que:
- se incluirá
a los profesores que participen en las actividades
de movilidad en las cifras que figuren en
la solicitud de contrato institucional de
su universidad de origen,
- las actividades
de movilidad previstas se basarán en los acuerdos
mencionados en la anterior sección A.1,
- las universidades
asociadas y los profesores se habrán puesto
previamente de acuerdo sobre el programa de
clases que impartirán los profesores visitantes.
En el proceso de selección, deberá concederse
prioridad a las actividades de movilidad que,
además:
- permitan
elaborar nuevos materiales didácticos,
- se utilicen
para consolidar y ampliar los vínculos entre
los departamentos y las facultades, así como
para preparar futuros proyectos de cooperación
entre la universidad de origen y la de destino.
Ayuda
financiera
Las becas comunitarias se conciben como una contribución
para sufragar los gastos adicionales que supone
para el personal docente el hecho de impartir
sus clases en el extranjero. El número de becas
de movilidad que las agencias nacionales concedan
al personal docente dependerá de factores como
el número de profesores participantes incluidos
en la solicitud de contrato institucional de las
universidades, la duración de los períodos de
enseñanza aceptados, el presupuesto disponible,
el equilibrio de los flujos de personal docente
entre países y disciplinas, la posibilidad de
contar con otros recursos de financiación, etc.
las universidades habrán ser conscientes de que
se cuenta con que contribuyan a sufragar los gastos
de movilidad de su personal docente o que consigan
recursos financieros complementarios procedentes
de fuentes ajenas a Erasmus.
6.
VISITAS PREPARATORIAS
Las agencias nacionales disponen de fondos
Erasmus limitados para ayudar a las universidades
a realizar visitas preparatorias en las que se
sentarán las bases de futuras actividades de cooperación
europea. Se aplicarán las siguientes disposiciones:
- Las universidades
que reciban apoyo para la organización de
la movilidad en virtud de su contrato institucional
(véase la sección B.1) podrán usar hasta
el 10% de la beca de organización de la movilidad
para costear los gastos derivados de las visitas
preparatorias.
- Las universidades
que ya reciban ayuda para la organización
de la movilidad pero puedan demostrar necesidades
específicas de visitas que no se puedan financiar
aplicando la norma anterior (por ejemplo,
una universidad que decida aumentar considerablemente,
en un año determinado, sus actividades de
cooperación) pueden solicitar a su agencia
nacional una suma adicional que les ayude
a sufragar los gastos derivados de dichas
visitas.
- Las universidades
que aún no hayan firmado un contrato institucional
o a las que no se les haya asignado una beca
de organización de la movilidad en su contrato
institucional pueden solicitar a su agencia
nacional becas para la organización de visitas
preparatorias.
Las universidades pueden también optar a ayudas
en el marco de otras acciones SÓCRATES que subvencionen
la organización de visitas preparatorias. Si una
universidad está utilizando parte de los fondos
de organización de la movilidad en visitas preparatorias,
deberá asegurarse de que no se produce duplicación
de los fondos para las mismas visitas preparatorias.
Criterios de elegibilidad y selección
Las visitas sólo serán elegibles cuando promuevan
la cooperación con departamentos, facultades o
universidades que no hayan participado previamente
en Erasmus. Se prestará especial atención a las
visitas orientadas a establecer las bases de una
asociación en la que el conjunto de la universidad
participe en acuerdos transnacionales de cooperación
que incluyan varias disciplinas.
7.
REDES TEMÁTICAS ERASMUS
Definición y objetivos
El objetivo principal de las redes temáticas es
mejorar la calidad y definir y desarrollar la
dimensión europea en el marco de una disciplina
académica determinada, o en relación con un tema
de carácter interdisciplinario/multidisciplinario,
u otros temas de interés común (tales como la
gestión de la universidad, la calidad, etc.).
Ello se logra a través de la cooperación entre
universidades, facultades o departamentos de universidades,
asociaciones de estudiantes o agrupaciones de
carácter socioeconómico. Tal cooperación también
deberá permitir, cuando sea posible, la participación
de asociaciones académicas (existentes), asociaciones
de aprendizaje, asociaciones de profesionales,
otros interlocutores importantes de los sectores
público y privado y, si resulta adecuado, organizaciones
de estudiantes. Se espera que los resultados de
la cooperación en redes temáticas tengan repercusiones
amplias y duraderas en las universidades en el
ámbito en cuestión.
Tipos
de actividad
La
siguiente relación es indicativa de las
actividades en las que tienden a centrarse los
proyectos de las redes temáticas:
- Evaluar
la innovación de los currículos de determinados
ámbitos desde un punto de vista comparativo
y fomentar su mayor difusión a escala europea.
- Identificar
las "necesidades" o "debilidades" del ámbito
académico o de gestión con el que está relacionada
la red, con el objetivo de formular propuestas
para la mejora y el fomento de la innovación.
Ello implica:
- Presentar
un panorama de la disciplina / campo /
área de interés común a escala europea.
- Tomar
en consideración las distintas definiciones
de la disciplina o del campo realizadas
en diferentes países en cuanto a su contenido
académico.
- Identificar
los elementos de dimensión europea de¡
campo temático en cuestión, y,
en especial, algunos elementos esenciales comunes entre los programas
de estudios.
- Contribuir
a una definición más precisa de los criterios
de calidad propios de las disciplinas o ámbitos correspondientes.
- Demostrar
la relación entre el contenido y los objetivos
de las disciplinas o ámbitos y la demanda de los entornos económico y profesional
en Europa.
- Promover
la innovación en los métodos de enseñanza
y los materiales y fomentar una mayor extensión de las buenas prácticas.
- Fomentar
el desarrollo de programas conjuntos y cursos
especializados, en especial en temas con escasa representación en la cooperación
universitaria europea.
- Facilitar
la aplicación de los resultados de la investigación
especializada llevada a cabo a escala europea en los programas de estudios de enseñanza
superior de las disciplinas o ámbitos en cuestión, ya sea durante la licenciatura, en el postrado o
en la educación continua
y en el aprendizaje permanente.
- Contribuir
a garantizar que los resultados y las recomendaciones
de los foros temáticos se tienen en cuenta en los programas de estudios de
diversas universidades, en particular
mediante el desarrollo, la experimentación y la difusión de los materiales
didácticos y cursos
pertinentes y la promoción de enfoques pedagógicos
innovadores en las disciplinas o
ámbitos correspondientes.
- Determinar
criterios y métodos de evaluación de la calidad
de las disciplinas o temas en cuestión.
Se espera que las redes, al llevar a cabo sus
actividades, alcancen la sinergia con otras actividades
de SÓCRATES, en especial con proyectos de desarrollo
curricular pertenecientes o no a Erasmus, y promuevan
el diálogo entre las universidades y la sociedad
en general.
Criterios de selección y prioridades
Para poder optar a financiación, las redes temáticas
deben:
- respetar
los criterios de elegibilidad establecidos
en la parte 1 de este documento y encajar
en el perfil previsto en esta sección,
- ser aplicados
por una red en la que participen, entre otros
socios, facultades y departamentos de todos
los países destinatarios de SÓCRATES (las
excepciones a este requisito deberán justificarse),
- demostrar
que cuentan con el apoyo institucional de
todas las universidades participantes.
Se tendrán especialmente en consideración los
proyectos que:
- favorezcan
una cooperación más estrecha entre las asociaciones
nacionales existentes en los diferentes países,
- prevean
una cooperación planificada y especificada
con las asociaciones académicas, las asociaciones
culturales, los organismos profesionales,
los agentes socioeconómicos de¡ sector público
y del privado y, cuando resulte adecuado,
las organizaciones de estudiantes.
También se tendrá en consideración el grado de
representatividad de los miembros de la red propuesta
en relación con la diversidad de centros y regiones
en los países participantes.
Coordinación y gestión
Una de las universidades participantes en la red
temática deberá desempeñar el papel de coordinadora.
La universidad coordinadora dirigirá la preparación
de¡ esquema general de los proyectos de la red
temática, asumirá la responsabilidad de la presentación
de la solicitud de ayuda comunitaria, firmará
el contrato, velará por la correcta gestión del
proyecto, justificará la asignación de los fondos
utilizados y dará cuenta de los resultados del
proyecto. No obstante, en algunos casos, las diferentes
fases del programa de redes temáticas podrán ser
administradas por diferentes universidades o asociaciones.
Las estructuras administrativas variarán en función
de la naturaleza de cada proyecto; sin embargo,
siempre que sea posible la red deberá estar claramente
relacionada con el proyecto. La manera de conseguirlo
habrá de desprenderse claramente del programa
de trabajo del proyecto, de la misma manera que
los métodos propuestos para garantizar que los
socios del proyecto tengan en cuenta los resultados
de sus respectivos centros. Ello permitirá aprovechar
los productos del proyecto y difundir los resultados
entre determinados grupos de destinatarios (véase
más adelante). Se espera que las redes
pongan en marcha mecanismos apropiados para la
evaluación interna de la evolución y para garantizar
unos resultados de calidad.
Ayuda
financiera
Los proyectos presentados por las redes temáticas
pueden subvencionarse durante un máximo de tres
años, en función de las actividades propuestas.
Si se solicita financiación durante más de un
año, la universidad solicitante debe incluir en
su propuesta un plan de trabajo y un presupuesto
que cubran la duración íntegra del proyecto. La
ayuda se abonará en varios tramos, previa presentación
y aprobación de los informes provisionales. El
nivel de la ayuda financiera dependerá del volumen
y el alcance del proyecto.
Difusión y aprovechamiento
de los resultados
El objetivo de las redes temáticas debe ser difundir
y aprovechar los resultados de¡ proyecto, incluso
más allá de¡ grupo de centros que participan directamente
en él. Por consiguiente, tal como ya se ha indicado,
los programas de trabajo de todos los proyectos
deberán mencionar los métodos de difusión previstos.
Además, se puede conceder ayuda comunitaria a
las redes temáticas que, en un año académico determinado,
deseen concentrarse concretamente en la difusión
(y el aprovechamiento) de resultados finales de
calidad probada. En cuanto a los otros proyectos
de las redes temáticas, los proyectos de propuesta
de tales proyectos de difusión y aprovechamiento
deberán incluirse en la solicitud de¡ contrato
institucional de la universidad que coordine la
red temática en cuestión.
OTROS PROYECTOS SÓCRATES COORDINADOS POR UNIVERSIDADES
Si una Universidad que ha firmado o solicitado
un contrato institucional en el marco de Erasmus
prevé solicitar también el puesto de coordinadora
de un proyecto encuadrado en alguna otra de las
acciones SÓCRATES (Comenius, Grundtvig, Lingua,
Minerva, etc.) debe mencionarlo en su solicitud
de contrato institucional. Tales proyectos se
habrán de tener en cuenta en la declaración política
europea del centro. Si a la acción en cuestión
se le puede aplicar un procedimiento de selección
en dos fases, la universidad deberá presentar
el proyecto de propuesta correspondiente junto
con su solicitud de contrato institucional.
Los proyectos de propuestas se seleccionarán de
acuerdo con los procedimientos previstos para
la acción en cuestión (véanse los enlaces correspondientes
en el apartado "Acciones de Sócrates y procedimientos de solicitud
y selección" de esta sección), y la
universidad solicitante será informada del resultado
de la selección en el marco de la acción.
Además existen otros programas comunitarios sobre
actividades que complementan a los previstos en
el marco de SÓCRATES (véase el Anexo 4 "Otras fuentes de ayuda comunitaria")
La Agencia Nacional Española
La Agencia Nacional Española ERASMUS desarrolla
el programa SÓCRATES/ERASMUS de la Comunidad Europea
aprobado el 14 de Marzo de 1995
La Agencia ERASMUS, en España, está constituida
como Agencia Nacional independiente del resto
de las acciones de SÓCRATES II. Se encuentra enmarcada
dentro de la Secretaria General
del Consejo de Coordinación Universitaria,
que es un organismo estatal presidido por la Ministra de Educación
y Ciencia y formado por los siguientes
vocales:
La Vicesecretaria General del Consejo de Coordinación
Universitaria es la Directora de la Agencia Nacional
Erasmus. El Consejo de Coordinación Universitaria,
por su carácter de máximo órgano consultivo y
de coordinación del sistema universitario al que
corresponden las funciones de consulta sobre política
universitaria, coordinación, programación, informe,
asesoramiento y propuesta en las materias relativas
al sistema universitario, así como las que determinen
la Ley y sus disposiciones de desarrollo, es el
marco idóneo para realizar las funciones que desempeña
la Agencia Nacional Erasmus (Enseñanza Superior
del Programa Sócrates), ya que está en contacto
permanente con los usuarios del Programa, que
no son otros que las Universidades, sus profesores
y sus estudiantes.
Las actuaciones generales de la Agencia son en la actualidad:
- Organización
de los procedimientos de selección.
- Gestión
administrativa, contractual y financiera de
las acciones descentralizadas.
- Actividades
relacionadas con la información, al asesoramiento
y la difusión.
- Seguimiento
y evaluación.
- Cooperación
y relaciones dentro del programa Sócrates
o con otros programas u organismos.
-
(*)
Desiderius Erasmus (1469-1536) dedicó su vida a la reconciliación del humanismo
y el cristianismo en un concepto universal de
sabiduría que consideró la clave del mutuo entendimiento
entre los pueblos. Igualmente entendido en teología
que en educación, retórica y estudios clásicos,
a la vez que brillante satírico en conflicto frecuente
con lo establecido y con otros reformistas, Erasmo
de Rotterdam estudió y enseñó en Francia, Inglaterra,
Italia, Suiza y lo que ahora es Bélgica: un verdadero
precursor del actual plan "Erasmus".
(**)En este documento, el término "universidad" designa a todos
los tipos de centros de educación superior de
los países participante que expiden titulaciones
de tal nivel (Véase la definición que se da a
este término en la Decisión sobre el programa Sócrates).. Las autoridades nacionales
competentes son las encargadas de decidir sobre
la elegibilidad de dichos centros.
(***)De manera detallada, la beca de organización de la movilidad
que se concede a cada universidad se calcula mediante
una fórmula basada en: (a) datos fiables sobre
el número de estudiantes y profesores que la universidad
en cuestión haya enviado al extranjero el año
anterior, acogidos al programa de movilidad; y
(b) cualquier petición suplementaria para el año
en curso que supere las cifras reales relativas
a años anteriores. Se aplicará un factor de corrección
para gratificar a las universidades que planifiquen
sus actividades de movilidad de una manera real
(es decir, cuando las cifras de la solicitud coincidan
realmente con las relativas a la movilidad).
(****)El programa de acción Leonardo da Vinci destinado a la formación
profesional se halla actualmente en su segunda
fase (1 de enero de 2000 - 31 de diciembre de
2006), que es una continuación de la acción comunitaria
emprendida en el ámbito de la formación profesional
a partir de los años 80 y, más recientemente,
en el marco de la primera fase del programa (1995-1999).
Su objetivo es respaldar y complementar las acciones
emprendidas por y en los Estados miembros mediante
el apoyo a proyectos de cooperación transnacional
del ámbito de la formación profesional.
Apoya una amplia
gama de medidas, que incluye la movilidad (prácticas,
intercambio de personal, etc.), proyectos piloto,
actividades para fomentar la competencia lingüística,
redes transnacionales, estudios y análisis, con
el fin de promover los conocimientos, las aptitudes
y las habilidades necesarias para conseguir una
integración satisfactoria en la vida laboral.
Más información en:
http://europa.eu.int/comm/education/leonardo.html
ó en http://www.mec.es/fp/leonardo/