Aguarde unos instantes por favor ...

Adolphesax.com La web del saxofón

Adolphesax.com en Español
Adolphesax.com in English
Adolphesax.com en Francaise.
Adolphesax.com на русском языке
 
 
SECCIONES

Acordes On-Line
Artículos
Audios
Armonía y Teoría
Becas
Bolsa de Trabajo
Cd´s
Catalogos PDF
Concursos
Compositores
Comunicados Ofic.
Cronología
Curiosidades
Cursos
Currilculum Vitae
Descargas
Digitaciones

Entrevistas
El Mecánico...

Erasmus (C.E)
Escalas On-Line
Espald
a

Eventos

Agradecimientos
Enlaces rotos...
Contactanos


BECAS ERASMUS

WEB OFICIAL ERASMUS ESPAÑA: http://www.mec.es/consejou/erasmus/queeserasmus.htm

 

INFORMACIÓN GENERAL PARA ESTUDIANTES Y PROFESORES 

 
 

EDUCACIÓN SUPERIOR "ERASMUS"

 
 

La Agencia Española Erasmus

 


  EDUCACIÓN SUPERIOR ERASMUS  

 

 

Se puede obtener más información sobre Erasmus, así como ejemplos de actividades, en el sitio web: http://europa.eu.int/comm/education/erasmus_es.htm

 

OBJETIVOS GENERALES Y ESTRUCTURA

 

La acción sobre educación superior del Programa SÓCRATES, denominada Erasmus*, pretende mejorar la calidad de la educación superior y reforzar su dimensión europea, fomentando la cooperación transnacional entre universidades**, potenciando la movilidad europea y mejorando la transparencia y el reconocimiento académico de estudios y cualificaciones en el seno de la Unión. Erasmus concede becas de movilidad a muchos miles de estudiantes y profesores, pero también se encarga de reforzar la dimensión europea de los estudios para los estudiantes y profesores que no participan directamente en los intercambios. En este contexto, se hace hincapié en los programas intensivos y en la elaboración de nuevos programas de estudio o la mejora de los existentes mediante la cooperación transnacional y el desarrollo y la consolidación de redes temáticas paneuropeas. Erasmus está abierta a centros de educación superior de todo tipo y abarca todas las disciplinas y niveles de estudios, incluido el doctorado.

    

 

    Erasmus está compuesta por tres subacciones interrelacionadas:

Erasmus 1: Cooperación interuniversitaria europea.

Erasmus 2: Movilidad de estudiantes y profesores universitarios.

Erasmus 3: Redes temáticas.

    Sin embargo, en la práctica esta distinción formal carece de significado para el solicitante, que sólo puede solicitar apoyo a las tres subacciones a través de las solicitudes de "contrato institucional" de cada universidad (véase a continuación).

A. Disposiciones generales sobre todas las actividades Erasmus

 

 

 

B. Detalles sobre las actividades que pueden optar a financiación comunitaria

 

A. Disposiciones generales sobre todas las actividades Erasmus

  1. EL CONTRATO INSTITUCIONAL

  2. RESPONSABILIDADES DE LA UNIVERSIDAD

  3. LA DECLARACIÓN POLÍTICA EUROPEA

  4. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD

  5. CRITERIOS DE SELECCIÓN

  6. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y SELECCIÓN

  7. AYUDA FINANCIERA

  8. INFORMES

 

1. EL CONTRATO INSTITUCIONAL

    El contrato institucional con la Comisión Europea constituye el marco general de todas las actividades de cooperación emprendidas en el marco de SÓCRATES. Por lo tanto, la solicitud de contrato institucional incluye:

  • las becas Erasmus de movilidad para estudiantes y personal docente, así como para la organización de dicha movilidad,

  • las actividades relacionadas con la introducción, la aplicación o la extensión de¡ Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (ECTS) en el marco de Erasmus,

  • las propuestas completas de programas intensivos y proyectos de desarrollo curricular en el marco de Erasmus,

  • los proyectos de propuesta de redes temáticas en el marco de Erasmus,

  • los proyectos de propuesta que coordinará la universidad solicitante en el marco de otras acciones de¡ programa SÓCRATES.

Todas estas actividades se describen con detalle en la sección B.

El contrato institucional es un acuerdo marco válido mientras dure el programa (2000-2006); sin embargo, la duración de las diversas actividades cubiertas por el contrato institucional puede ser inferior (entre uno y tres años).

Por lo general, cada universidad debe presentar una solicitud de contrato institucional. No obstante, las asociaciones regionales de centros de educación superior o las asociaciones de centros de educación superior unidisciplinaria de cada país pueden presentar una única solicitud de contrato institucional conjunta a través de uno de los centros, que actuará como representante.

2. RESPONSABILIDADES DE LA UNIVERSIDAD

   

La principal responsabilidad que el contrato institucional impone a cada universidad es que realice de forma eficaz las actividades subvencionadas por la Comunidad. Ello conlleva:

  • designar a las personas responsables de la puesta en práctica de las actividades previstas en la universidad y establecer los procedimientos internos que les confieran la responsabilidad de la realización eficaz de las actividades correspondientes, velando, al mismo tiempo, por que los departamentos y las facultades cumplan debidamente con sus obligaciones respecto a los centros asociados;
  • desempeñar el papel de enlace con los centros asociados;
  • establecer las estructuras de apoyo administrativo necesarias a todos los niveles y responder de¡ uso dado a la ayuda comunitaria;
  • buscar otras fuentes de financiación complementaria que permitan garantizar la aplicación satisfactoria de las actividades;
  • contribuir a la ejecución de políticas comunitarias transversales, y principalmente a la igualdad entre hombres y mujeres, la integración de las personas con discapacidad, el fomento de la cohesión económica y social, y la lucha contra el racismo (véase el Anexo 3 "La igualdad de oportunidades en SÓCRATES").

    La mayoría de las actividades previstas en el contrato institucional las gestionan directamente las distintas universidades. En particular, cada universidad gestionará a escala institucional sus flujos de entrada y salida de estudiantes y personal docente. Al hacerlo deberá intentar alcanzar un grado razonable de reciprocidad con cada universidad asociada para cada tipo de actividad. Cuando ello resulte imposible, podría compensar la falta de reciprocidad en una disciplina determinada mediante actividades en otras disciplinas o con otras universidades del mismo país socio.

    En los programas intensivos, los proyectos de desarrollo curricular y las redes temáticas, se debería nombrar entre los socios/a un responsable de la coordinación académica y administrativa de la actividad.

 

3. LA DECLARACIÓN POLÍTICA EUROPEA

    La solicitud del contrato institucional va precedida de una declaración política Europea en la que la universidad describe su plan general de desarrollo estratégico a medio plazo y establece su estrategia de corto a medio plazo en materia de cooperación europea. La declaración política europea permite evaluar la coherencia entre las actividades cuya financiación se solicita y la relación que tienen con la estrategia general de la universidad. Ello afecta principalmente a actividades Erasmus tales como la participación en la movilidad, el desarrollo curricular y las redes temáticas, pero también se puede referir a otras acciones SÓCRATES y a otros programas comunitarios en los que la universidad desee participar. Por otra parte, formula brevemente la política de la universidad en cuestiones transversales como la integración de las personas con discapacidad, la igualdad de oportunidades, la contribución a la lucha contra el racismo y el fomento de la cohesión socioeconómica (véase el Anexo 3 "La igualdad de oportunidades en SÓCRATES").. Si la solicitud de contrato institucional la presenta un grupo de centros, en la declaración política europea deben constar las razones de la presentación conjunta, así como las políticas que aplica cada uno de los centros.

    La declaración política europea será válida mientras dure el programa, pero se pedirá que en la solicitud para el año académico 2004/05 (que se presentará en noviembre de 2003) las universidades presenten un estudio a medio plazo de la ejecución de sus políticas y de los resultados que hayan obtenido. Si en la política de una universidad se producen cambios sustanciales que lo hacen necesario, ésta puede actualizar la declaración política europea en la solicitud de cualquier año académico.

 

   Todas la solicitudes de contrato institucional para el año académico 2001/02 habrán de incluir una declaración política europea, excepto aquéllas cuya solicitud de contrato institucional para el año académico 1999/2000 (presentada en noviembre de 1998) o 2000/01 (presentada en noviembre de 1999) incluyera una nueva declaración política europea completa.

    Las universidades que hayan presentado una declaración política europea en el contexto de un contrato institucional financiado en el marco de la primera fase de SÓCRATES (1995-1999) deberán indicar en la declaración política europea incluida en su solicitud para el año académico 2001/02 los resultados que hayan logrado en la primera fase, compararlos con los objetivos previstos en la declaración original, e indicar la relación entre la declaración correspondiente a la segunda fase y los resultados conseguidos en la primera.

    Además de mencionar sus otras actividades europeas, y en particular las financiadas por el programa Leonardo da Vinci, el quinto programa marco de investigación y desarrollo tecnológico y los programas relacionados con los ámbitos de las relaciones exteriores, la cultura, el deporte y los medios de comunicación, la declaración deberá abarcar todo el abanico de actividades de cooperación europea para las que la universidad solicite financiación en el marco del programa SÓCRATES.

 

4. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD: DISPOSICIONES GENERALES

   

Además de satisfacer los requisitos generales establecidos (véase "Criterios de elegibilidad"), las actividades Erasmus deberán:

  • Incluir una actividad de cooperación transnacional entre universidades situadas en los países que participan en SÓCRATES.
  • Basarse en acuerdos previos celebrados entre departamentos o facultades de distintas universidades o entre las propias universidades. Tales acuerdos podrían ser anuales o plurianuales, bilaterales o multilaterales, de carácter unidisciplinario o pluridisciplinario (por ejemplo, pueden adoptar la forma de un acuerdo global celebrado entre los miembros de un consorcio de universidades). En caso de que se les solicite, las universidades deberán probar por escrito la existencia de tales acuerdos.

5. CRITERIOS DE SELECCIÓN: DISPOSICIONES GENERALES

    Los criterios de selección de cada tipo de actividad se detallan en la sección B. En cuanto a las actividades previstas en los contratos institucionales, la referencia a otras fuentes de financiación complementaria se considera un signo de¡ compromiso del centro con la actividad y su viabilidad a largo plazo, y por ello, un rasgo positivo.

 

6. PROCEDIMIENTOS DE SOLICITUD Y SELECCIÓN: DISPOSICIONES GENERALES

  

  Las universidades presentan directamente a la Comisión Europea las solicitudes de contrato institucional.

    Los procedimientos utilizados para seleccionar las actividades previstas en el marco de un contrato institucional son los siguientes:

 
 

· La selección de las actividades de organización de la movilidad, ECTS, desarrollo curricular y programas intensivos se realiza de forma centralizada, siguiendo un procedimiento de una sola fase y basándose en la solicitud de contrato institucional. Las propuestas de desarrollo curricular y programas intensivos se han de incluir en la solicitud del contrato institucional del centro coordinador.

· La selección de las redes temáticas se realiza de forma centralizada, siguiendo un procedimiento de dos fases: los proyectos de propuesta se incluyen en la solicitud del contrato institucional (fase l), y los coordinadores de los proyectos de propuestas seleccionados en la fase 1 son invitados a presentar una propuesta completa (fase 2).

· La selección de los solicitantes de financiación para la movilidad de los profesores y los estudiantes se realiza bajo la responsabilidad de las agencias nacionales, en el marco de las directrices generales adoptadas a escala comunitaria. La agencia nacional delega en las universidades de origen la responsabilidad de seleccionar a los solicitantes individuales.

 

7. AYUDA FINANCIERA: DISPOSICIONES GENERALES

   

El contrato institucional es un compromiso, en principio, de que la Comisión contribuirá con su ayuda financiera a la realización de la política europea de una universidad. No obstante, sólo se concede ayuda financiera para determinadas actividades, y únicamente se garantiza mientras dure la actividad en cuestión, lo que puede variar entre uno y tres años. Las universidades no tienen la obligación de realizar proyectos relacionados con todos los tipos de actividades admisibles, del mismo modo que la Comunidad no está obligada a financiar todas las actividades admisibles que proponga una universidad.

    La financiación de la organización de la movilidad y las actividades de movilidad, es decir, las becas para la movilidad de los estudiantes y el personal docente y las visitas preparatorias, se conceden con periodicidad anual a través de las agencias nacionales de cada país participante. La renovación para el año o los años siguientes dependerá de que la universidad demuestre en su informe, y posiblemente a través de otros medios de evaluación, que ha alcanzado sus objetivos provisionales en relación con la movilidad. Respecto a la organización de la movilidad, la Comisión no selecciona flujos individuales de estudiantes ni de personal, pero indica a las agencias nacionales las disciplinas y los vínculos geográficos que considera más importantes, con el objetivo de alcanzar un equilibrio global en estos sentidos. Las agencias nacionales tienen en cuenta estas prioridades a la hora de redactar sus planes de acción nacionales para la ejecución de actividades de movilidad.

    En cuanto a los programas intensivos, los proyectos de desarrollo curricular, las actividades relacionadas con el ECTS y las redes temáticas, la Comisión se encarga directamente de proporcionar la financiación, que puede ser anual o plurianual. En estos tipos de proyectos, la solicitud del contrato institucional debe incluir un programa de trabajo y un presupuesto que cubra la duración total de la actividad (hasta un máximo de tres años). Para los proyectos de un año de duración, se efectuará un único pago al inicio del proyecto. Para los proyectos cuya duración esté prevista en dos o tres años, los pagos se realizarán en tramos adecuados. En el caso de programas intensivos, proyectos de desarrollo curricular y redes temáticas, el apoyo a determinadas actividades viene prefijado con anterioridad. Cada proyecto se selecciona como un todo, esto es, para todos los centros asociados que han expresado y confirmado su deseo de participar. En los programas intensivos, el centro coordinador recibirá la ayuda financiera en su totalidad y se encargará de distribuir los fondos entre los participantes en función de la naturaleza y el grado de participación de cada uno de ellos.

    Las universidades que los centros coordinadores mencionen como socias en las solicitudes de programas intensivos, proyectos de desarrollo curricular y redes temáticas recibirán y deberán confirmar, como parte de su contrato institucional, una lista de los proyectos aprobados en los que sean socias. En caso de que no confirmen su participación en algún proyecto, se podrá pedir al centro coordinador que reembolse total o parcialmente la ayuda correspondiente.

 

8. INFORMES. DISPOSICIONES GENERALES

    Cada universidad presentará un informe anual sobre las actividades previstas en su contrato institucional. Si se trata de actividades financiadas anualmente, el informe del año correspondiente incluirá un documento con los datos finales completos. En el caso de actividades financiadas con periodicidad plurianual, el informe relativo al año de comienzo de la actividad incluirá un documento con datos provisionales, y el relativo al año de su finalización incluirá un documento con los datos finales completos.

    Las agencias nacionales pueden pedir los siguientes informes adicionales sobre las actividades de cuya gestión son responsables:

 
 

- informes semestrales en los que se facilite información provisional sobre el número de estudiantes y profesores que se beneficien de la movilidad,

- informes sobre actividades complementarias específicas, como cursos intensivos de preparación lingüística (véase la parte B).

 

B. Detalles sobre las actividades que pueden optar a financiación comunitaria

  1. ORGANIZACIÓN DE LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES Y PERSONAL DOCENTE UNIVERSITARIO

  2. PROGRAMAS INTENSIVOS

  3. DESARROLLO CONJUNTO (O EJECUCIÓN / DIFUSIÓN DE PLANES) DE ESTUDIO ("PROYECTOS DE DESARROLLO CURRICULAR")

  4. EL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS ACADÉMICOS DE LA COMUNIDAD EUROPEA (ECTS)

  5. MOVILIDAD DE LOS ALUMNOS Y DEL PERSONAL DOCENTE

  6. VISITAS PREPARATORIAS

  7. REDES TEMÁTICAS ERASMUS

 

1. ORGANIZACIÓN DE LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES Y PERSONAL DOCENTE UNIVERSITARIO

Definición y objetivos

    En la organización de la movilidad de los estudiantes y el personal docente universitario participan universidades que colaboran en la creación de las condiciones ideales para que estudiantes y profesores disfruten de períodos de estudio o de enseñanza, respectivamente, en universidades asociadas de otros países participantes, lo que les permite ampliar sus conocimientos sobre los ámbitos académicos que estudian desde una perspectiva diferente a la tradicional en su país de origen.

Criterios de selección

    En la evaluación de las solicitudes se tendrá en cuenta la calidad de las medidas de apoyo previstas por la universidad en relación con la movilidad de los estudiantes y el personal docente, y en especial respecto a:

  • Los métodos de selección de los estudiantes y los profesores que participarán en las actividades de movilidad.

  • Las medidas adoptadas para facilitar una preparación lingüística adecuada a los estudiantes y profesores seleccionados.

  • La difusión de información sobre la universidad de acogida y sus programas de estudios.

  • Los acuerdos académicos y de organización alcanzados con los centros asociados. Por ejemplo, en el caso de los estudiantes, sobre el reconocimiento académico de los períodos de estudio en el extranjero; en el caso de los profesores, sobre la inclusión de los cursos impartidos en el programa habitual de la universidad de acogida; en general, las disposiciones relativas a la evaluación de los estudiantes y de los cursos, etc. Todo esto puede suponer visitas a los centros asociados.

  • La confirmación de que se llegará a un acuerdo con los estudiantes sobre programas de trabajo individuales y sobre la carga de trabajo necesaria para aprobar un examen o cualquier otra forma de evaluación.

  • La información sobre los acuerdos con los profesores en cuanto a las horas de clase que deberá impartir el profesor visitante como parte de los cursos necesarios para obtener un título de¡ centro de acogida. Como norma general, el tiempo lectivo no será inferior a una semana o a 8 horas de clase.

  • El apoyo que se prestará a los estudiantes y los profesores acogidos en el centro: cursos de idiomas, introducción a la universidad de acogida, asesoramiento académico para los estudiantes, ayuda en cuestiones de tipo práctico tales como la búsqueda alojamiento, etc. 

  • El seguimiento de los estudiantes que participen en las actividades de movilidad, incluidas las visitas a los centros asociados.

  • La organización de la información que los estudiantes y profesores que hayan participado en el programa de movilidad puedan proporcionar a los que deseen hacerlo (se puede incluir la ayuda a las organizaciones de estudiantes locales o a estudiantes concretos seleccionados en varios departamentos para organizar un servicio de información y asesoramiento dirigido a los estudiantes que lleguen al centro o salgan de él para participar en el programa de movilidad).

    Se espera que las universidades desarrollen los procedimientos adecuados para informar a los estudiantes y profesores Erasmus de las posibilidades de movilidad disponibles. Durante la selección de los candidatos a los programas de movilidad, deberán prestar especial atención a la preparación lingüística, al mérito académico y a la motivación. Deberá realizarse un esfuerzo especial para fomentar una participación equilibrada entre hombres y mujeres en cada área de estudio, así como para ofrecer a los estudiantes con discapacidad las mejores condiciones posibles de participación.

Ayuda financiera

    Con la ayuda financiera para la organización de la movilidad se intenta contribuir a sufragar los gastos de las universidades derivados de las tareas de organización anteriormente relacionadas. Esta ayuda es independiente de las becas individuales disponibles para los estudiantes y el personal docente que emprenden actividades de movilidad, de las que constituye un complemento.

    La agencia nacional será la encargada de hacer efectivo el pago de la beca de organización de la movilidad. Normalmente lo hará en dos tramos. El primero de ellos tendrá lugar al inicio de¡ año académico; el (posible) segundo se abonará durante el año académico, y tendrá en cuenta el número de alumnos y profesores que realmente participarán en el programa de movilidad.

    El nivel de la ayuda financiera concedida variará mucho dependiendo de¡ número de estudiantes y profesores que participen en el programa de movilidad y de la medida en que las prioridades presentadas por la universidad respondan a la preocupación comunitaria sobre la participación equilibrada en las actividades de cooperación de Erasmus de las diferentes disciplinas y los países y regiones participantes. En el cálculo de las ayudas para la organización de la movilidad, la Comisión no sólo tendrá en cuenta las solicitudes de la universidad en cuanto a la movilidad de alumnos y profesores, sino también los indicadores de¡ rendimiento en esos ámbitos durante los últimos años, en términos de volumen y de dirección de la movilidad conseguidos en la práctica y cotejados con las cifras de la solicitud inicial.***

    Las universidades de los países cuya lengua nacional sea una de las menos utilizadas y enseñadas podrán optar a una financiación complementaria que harán efectiva las agencias nacionales para contribuir a la organización de cursos intensivos de preparación lingüística destinados a los estudiantes acogidos. Por otro lado, el personal docente que participe en dichos cursos intensivos podría ser remunerado por su país de origen, y el apoyo a la organización de la movilidad en la universidad que acoja cursos intensivos de preparación lingüística no se podrá utilizar para completar las ayudas.

 

2. PROGRAMAS INTENSIVOS

Definición y objetivos

    Un programa intensivo es un período de estudios de corta duración en el que participan estudiantes y profesores procedentes de universidades de diferentes países con el objeto de: 

  • fomentar la enseñanza eficaz y multinacional sobre ciertos temas especializados que de otra manera podrían no enseñarse o se limitarían a un número muy restringido de universidades, 

  • permitir que los estudiantes y los profesores trabajen juntos en grupos multinacionales, que se beneficien así de condiciones especiales de aprendizaje y enseñanza normalmente no disponibles en un centro, y que obtengan nuevas perspectivas de la disciplina o de¡ tema objeto de estudio,

  • permitir que los miembros de¡ personal docente intercambien puntos de vista sobre el contenido y los enfoques docentes y prueben métodos docentes en el entorno de una clase internacional.

    Se recomienda a las universidades que inviten a participar a especialistas y expertos no académicos, aunque sólo los estudiantes, los profesores y las propias universidades podrán obtener ayuda comunitaria. Las universidades que organicen un programa intensivo deberán asegurarse de que éste cuente con el pleno respaldo de la universidad donde tenga lugar, y de que entre los participantes figuren miembros de¡ personal académico y estudiantes de la universidad de acogida.

    Un programa intensivo puede ser una actividad que se realice de una sola vez o que se repita a lo largo de cierto número de años. Si se trata de un programa intensivo plurianual, debe indicarse su duración en el programa de trabajo incluido en la solicitud, y el presupuesto deberá cubrir todos los años de duración.

    Uno de los centros asociados deberá encargarse de la coordinación académica transnacional de¡ programa intensivo. Sólo el centro coordinador de la asociación debe presentar un proyecto de propuesta de¡ programa intensivo, que formará parte de su solicitud de contrato institucional (como ya se ha explicado). (Véase la sección A)

 

Criterios de elegibilidad y selección

   

Los programas intensivos durarán entre diez días laborables consecutivos (separados sólo por un fin de semana) y tres meses. En ellos estarán representadas universidades de, como mínimo, tres países participantes (incluido el centro coordinador). Los programas intensivos no podrán consistir en actividades de investigación ni en conferencias. Se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias:

  • Con el fin de mejorar el impacto europeo de los programas intensivos, se concederá prioridad a aquéllos en los que participen universidades de más de tres países.

  • El ratio entre personal docente y estudiantes debe garantizar una participación activa en las aulas y potenciar un elemento de desarrollo curricular en la aplicación de¡ programa intensivo; una cifra indicativa sería 1 profesor por cada 5 alumnos.

  • El programa debe estar integrado en el programa de estudios de los estudiantes que participen en él. Se favorecerán especialmente los programas intensivos que prevean un reconocimiento académico pleno para los alunas participantes.

  • Se favorecerá la autoevaluación de los programas intensivos (por ejemplo, mediante cuestionarios que deberán cumplimentar los estudiantes y los profesores participantes). Los resultados de la evaluación deberán incluirse en el informe de la universidad coordinadora sobre la ejecución de¡ programa intensivo.

  • Se tendrán especialmente en cuenta los programas intensivos centrados en disciplinas que no se presten fácilmente al estudio en el extranjero durante períodos prolongados.

  • Se tendrán especialmente en cuenta los programas intensivos que contribuyan a la difusión de disciplinas nuevas y en rápida evolución.

  • También se tendrán especialmente en cuenta los programas intensivos cuyos elementos demuestren claramente el desarrollo conjunto de los programas de estudios.

Ayuda financiera

   

La ayuda comunitaria financiará la aplicación de¡ programa intensivo durante dos o tres años consecutivos, siempre que el grupo de participantes o los temas tratados varíen de un año a otro (aunque estos últimos podrán estar relacionados). El programa intensivo puede tener lugar en un centro que no sea el coordinador, e incluso en otro país, pero el centro coordinador siempre será el responsable de la aplicación de la actividad, del uso dado a la ayuda y de presentar los informes a la Comisión.

    La ayuda financiera podrá ser utilizada para sufragar los gastos de viaje y estancia transnacional de¡ personal docente y los estudiantes, los gastos de viaje y estancia en el marco de reuniones para la preparación o evaluación de¡ programa, y los costes de elaboración, traducción y difusión de la información y el material didáctico. Las ayudas se calcularán en función de¡ número de centros y personas participantes.

    Las ayudas para los programas intensivos se pagarán a la universidad coordinadora, que se encargará de distribuirlas entre los participantes. Si el centro coordinador no da acogida al programa, deberá poner a disposición de¡ centro de acogida los fondos necesarios. Los profesores y los alumnos no deberán emplear sus becas de movilidad (véase la sección 5) para sufragar los gastos de asistencia a un programa intensivo, aunque no existe ningún inconveniente en que un estudiante o un profesor participante en el programa de movilidad asistan a un programa intensivo que se celebre en el centro de acogida durante su período normal de movilidad.

 

3. DESARROLLO CONJUNTO (O EJECUCIÓN / DIFUSIÓN) DE PLANES DE ESTUDIO ("PROYECTOS DE DESARROLLO CURRICULAR")

 

INTRODUCCIÓN GENERAL

Definición y objetivos

    La acción Erasmus financia tres tipos de actividades del ámbito del desarrollo curricular conjunto y la aplicación o difusión de los programas de estudio por parte de universidades de distintos países participantes:

    El objetivo de las becas de desarrollo curricular es reforzar la calidad y la dimensión europea de la enseñanza superior mediante la combinación de los conocimientos técnicos y punteros de universidades de distintos países. Se concederá particular importancia a la cooperación con el mundo profesional a escala regional, nacional y europea. Los resultados de los proyectos de desarrollo curricular se habrán de poder difundir entre un grupo mayor de centros, aparte de los que intervienen directamente en el proyecto, de manera que pueda incrementarse el efecto multiplicador de la inversión comunitaria en tales proyectos.

    Los proyectos de desarrollo curricular requieren la coordinación académica transnacional de uno de los centros participantes. Sólo el centro coordinador de una asociación podrá presentar una descripción completa de las actividades correspondientes en el marco de la realización global de su contrato institucional (véase más arriba).

    Desde su fase de desarrollo, todos los proyectos de desarrollo curricular deberán tener en cuenta las posteriores actividades de aplicación y difusión. La Comisión acogerá también favorablemente los proyectos diseñados específicamente para la aplicación y la difusión de los resultados de los proyectos de desarrollo curricular que hayan dejado atrás la fase de desarrollo. Las actividades de aplicación y difusión podrían incluir el desarrollo de pruebas de acceso para los estudiantes, la preparación de sitios web para informar, asesorar y orientar a los estudiantes, la ampliación de la red a nuevos socios, la expansión del desarrollo curricular a campos como el perfeccionamiento y la educación de adultos, la promoción del desarrollo curricular entre los empresarios que podrían dar trabajo a los diplomados o licenciados, y la organización y participación en conferencias o seminarios donde se demuestren los productos desarrollados.

Volver a Desarrollo conjunto de planes de estudio

Criterios de elegibilidad y selección aplicables a todos los proyectos de desarrollo curricular  

Además de los criterios indicados en el marco de cada una de las medidas específicas siguientes, se debe tomar en consideración que:

  • En todos los proyectos de desarrollo curricular habrán de intervenir universidades de, como mínimo, tres países participantes. Para mejorar el impacto europeo de los proyectos de desarrollo curricular, se concederá prioridad a aquéllos en que participen universidades de más de tres países.

  • La Comisión valorará especialmente que la asociación abarque un ámbito geográfico razonable.

  • Se concederá particular importancia a las actividades de desarrollo curricular en las que intervengan empresas y que contribuyan a mejorar las posibilidades de empleo de los licenciados o diplomados.

  • Las solicitudes de las universidades se reforzarán, en especial en el caso de los módulos europeos, incluyendo la cooperación con las agencias y autoridades regionales, con las autoridades locales y con otros tipos de centros de educación superior, como las de formación profesional. En las solicitudes se deberá demostrar que esta cooperación contribuirá a acrecentar la calidad de la educación y a lograr economías de escala.

  • Se prestará especial atención a los proyectos que hagan un uso juicioso de nuevos medios, como el material didáctico con soporte en CD-ROM o la enseñanza y el aprendizaje interactivos basados en Internet, y en particular a los que den lugar a una cooperación entre universidades "convencionales" y centros de educación superior especializados en la enseñanza abierta y a distancia (incluidas las universidades virtuales). En tales casos, las solicitudes deberán mostrar claramente cómo se integrará el material creado en los distintos métodos de enseñanza aplicados por los centros que colaboran en el proyecto.

  • La Comisión es partidaria de que se establezca una sinergia entre los proyectos de desarrollo curricular y los resultados y productos de los proyectos desarrollados por redes. Por lo tanto, apreciará especialmente las propuestas orientadas al desarrollo o la aplicación y la difusión de nuevos planes de estudios, basados en los resultados conseguidos y en las recomendaciones formuladas por las redes temáticas Erasmus y por redes desarrolladas en otros contextos.

    Volver a Desarrollo conjunto de planes de estudio

Ayuda financiera

    La financiación de los proyectos de desarrollo curricular comprenderá un período de hasta tres años. Dado que los proyectos para el desarrollo de los programas de estudios normalmente requieren más tiempo para la elaboración de los módulos, a título indicativo se considera que un "programa de estudios tipo" debe durar en torno a dos o tres años, y que un "módulo tipo" debe durar entre uno y dos años. Siempre que se solicite financiación durante más de un año para un proyecto, deberá mencionarse esta circunstancia en la solicitud, que en esos casos incluirá un plan de trabajo y un presupuesto detallados para toda la duración de¡ proyecto (esto es, para dos o tres años).

    Tras la finalización de la fase de desarrollo, se podrá solicitar financiación para contribuir a aplicar y difundir los resultados y productos de¡ proyecto (véanse, más adelante, los criterios aplicables a dichos proyectos). Los proyectos especialmente diseñados para la aplicación o la difusión se financiarán durante un año.

    En el nivel de ayuda a los proyectos de desarrollo curricular influirá el número de socios. En general, a causa de las diferencias en el alcance de las actividades, la dotación asignada a un proyecto tipo "programa de estudios" será superior a la que se conceda para un proyecto tipo "módulo". El nivel de la ayuda a los proyectos de aplicación o difusión se calculará en función de las actividades propuestas.

Volver a Desarrollo conjunto de planes de estudio

Proyectos para el desarrollo conjunto de "programas de estudios" a nivel intermedio o avanzado (categoría de máster)

Definición y objetivos

    En esta actividad participan universidades de distintos países participantes asociadas para colaborar en la modificación o adaptación de los programas de estudios ya existentes, o bien en el establecimiento de programas nuevos, creados en equipo y que comprendan todas las etapas de¡ programa de estudios de la universidad (independientemente de cómo se designen, esto es, primer o segundo ciclo, diplomatura o licenciatura, títulos de la categoría de máster y doctorado).

    Esta actividad trata de impulsar a las universidades a trabajar en más estrecha colaboración para mejorar la calidad y la innovación en la elaboración de los programas de estudios y facilitar el reconocimiento académico íntegro de los períodos de estudios cursados en el extranjero. Esta definición excluye las medidas tomadas por las universidades para mantener un título sin cambios. Los socios deberían incluir un plan minucioso y convincente sobre el desarrollo y la ejecución de¡ programa, en los que se tengan en cuenta los procedimientos de acreditación de su centro y / o de su país.

Volver a Tipo de actividades

Criterios de elegibilidad y selección (véase también la introducción general a esta sección) 

    Para obtener ayuda financiera, las propuestas deberán indicar claramente la manera en que se modificarán los programas de estudios existentes, o presentar un resumen del contenido y las estructuras de los nuevos programas de estudios propuestos.

    En proyectos relacionados con programas que se encuentren en sus etapas iniciales o intermedias, puede resultar necesario modificar los programas actuales o la combinación de los cursos existentes en un nuevo programa. Para ello será preciso realizar comparaciones considerables.

    Esta medida ofrece ayuda para establecer cursos nuevos altamente selectivos de nivel avanzado (categoría de máster) que respondan al déficit europeo en materia de recursos humanos cualificados, mediante la puesta en común de la experiencia transnacional en los campos correspondientes. Por consiguiente, debe realizarse un análisis de necesidades que aborde, entre otras cosas, la cuestión de la falta de recursos humanos en Europa con el grado de cualificación considerado y muestre cómo la resolvería el programa propuesto.

    En estos proyectos, el programa para el que se solicite financiación debe ser nuevo, comprender de uno a dos años de cursos e incluir un núcleo central compartido por todos los centros participantes. El proyecto debe prever el desarrollo de un programa de diplomatura o licenciatura íntegro, y no limitarse a módulos o unidades de cursos. Todos los centros participantes deben comprometerse en la aplicación del programa y en el reconocimiento del título resultante, con arreglo a las normas y los procedimientos de sus respectivos países.

NOTA: Cuando la actividad de desarrollo curricular afecte únicamente a la formación práctica de los profesores, se aconseja a los candidatos que lean atentamente la Guía del Candidato de Comenius 2 de la acción sobre educación escolar de SÓCRATES, o se dirijan a la Comisión o la AN Sócrates y que reflexionen sobre si su proyecto no encajaría mejor en esa parte del programa.

Volver a Tipo de actividades

Proyectos de desarrollo conjunto de "módulos europeos"

Definición y objetivo

    Al desarrollar módulos europeos, las universidades deberán orientarse a promover la dimensión europea de los programas de estudios entre una amplia gama de disciplinas, con objeto de ofrecer una perspectiva europea a una proporción significativa de estudiantes en sus disciplinas de especialización. La creación de estos módulos se orientará a aumentar la toma de conciencia de los estudiantes sobre la cultura y las instituciones europeas, reconociéndose el hecho de que sólo una parte muy limitada de los estudiantes puede participar en los programas de intercambio.

    Los módulos pueden centrarse en:

  • la historia, sociedad, cultura, política o economía de los países europeos,

  • distintos aspectos de la integración europea, tales como el derecho comunitario, la economía europea o la organización y la historia de la Unión Europea,

  • elementos o aspectos comparativos relacionados con el contenido de una determinada disciplina en los diferentes países participantes,

  • el desarrollo de módulos lingüísticos especializados relacionados con el contenido de una disciplina determinada y que se integren en el programa de estudios de dicha disciplina (la lengua en cuestión debe ser una de las lenguas oficiales de la Unión Europea).

    Volver a Tipo de actividades

Criterios de elegibilidad y selección (véase también la introducción general a esta sección) 

    Deberá demostrarse que los módulos propuestos representan una innovación para las universidades participantes y que afectarán a una proporción significativa de los estudiantes que cursan la disciplina o las disciplinas correspondientes. Todas las universidades asociadas participantes deberán comprometerse a incluir el módulo o los módulos en sus respectivos programas de estudios.

Se prestará especial atención a los módulos que abarquen el conocimiento de diferentes disciplinas y / o estén a disposición de estudiantes de diversas disciplinas. La contribución de cada centro participante en el desarrollo de¡ módulo o los módulos deberá estar claramente definida. En cuanto a los módulos lingüísticos enfocados a una disciplina concreta, se dará prioridad a las iniciativas relacionadas con las lenguas menos utilizadas y enseñadas en la Unión.

Volver a Tipo de actividades

Proyectos de aplicación y difusión de los resultados de proyectos de desarrollo curricular

Definición y objetivos

    El objetivo de los proyectos de este tipo es aplicar proyectos de desarrollo curricular (de¡ tipo programa o de¡ tipo módulo descritos en los dos puntos anteriores) en las universidades que participan en el proyecto, y divulgar sus resultados entre un público más amplio.

    Se considera que un programa o un módulo de desarrollo reciente se incorporan al catálogo de¡ curso de la institución o las instituciones en la fase de "aplicación", incluyendo, cuando proceda, los diferentes pasos para su acreditación.

    Mediante la fase de "difusión" se intenta poner los resultados del proyecto a disposición de un público que no se limite a la asociación creadora del proyecto ni a los centros de enseñanza superior. Esto se puede conseguir mediante actividades tales como la ampliación de la red de socios de modo que incluya a otras universidades, en especial a universidades de los países candidatos a la adhesión, que pretendan aplicar el desarrollo curricular en sus propios programas; la expansión del programa o el módulo a otros sectores, tales como la educación de adultos o el perfeccionamiento; difundiendo el desarrollo curricular a través de la enseñanza a distancia; o estableciendo unos lazos más estrechos con el mundo profesional mediante la inclusión de elementos de enseñanza cooperativa.

Volver a Tipo de actividades

Criterios de elegibilidad y selección (véase también la introducción general a esta sección) 

    En la solicitud se deben definir claramente los resultados que se habrán de ejecutar o difundir, los grupos a los que se harán llegar y la metodología prevista para conseguirlo. La propuesta debe demostrar que el desarrollo curricular (programa o módulo) se somete a un procedimiento de evaluación de la calidad en todos los centros donde se vaya a ejecutar en el marco del proyecto de ejecución.

    Se concederá prioridad a los proyectos encaminados a aplicar y difundir los resultados de proyectos de desarrollo curricular financiados por la primera o la segunda fase del programa SÓCRATES. También se tendrán en cuenta los proyectos orientados a aplicar o difundir los resultados de proyectos de desarrollo curricular desarrollados sin el apoyo de SÓCRATES (véase el Anexo 4 "Otras fuentes de ayuda comunitaria"), siempre y cuando en el desarrollo curricular hayan cooperado como mínimo tres países que participen en SÓCRATES y los proyectos satisfagan los criterios de calidad aplicables a los desarrollos curriculares realizados con el apoyo de SÓCRATES.

Volver a Tipo de actividades

 

 

4. EL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS ACADÉMICOS DE LA COMUNIDAD EUROPEA (ECTS)

Volver a Detalles sobre las actividades

 

 

 

Definición y objetivos

    El Sistema de Transferencia de Créditos Académicos de la Comunidad Europea (ECTS) es un sistema de adjudicación y transferencia de créditos académicos que se ha introducido en gran medida en el marco del contrato institucional. Está destinado a facilitar el proceso de reconocimiento académico a través de mecanismos eficaces y de aplicación generalizada. El ECTS constituye un código práctico para organizar el reconocimiento académico que se basa en la transparencia de los programas de estudios y en los resultados de los estudiantes. Por sí mismo no regula el contenido, la estructura ni la equivalencia de los programas académicos, pues ésas son cuestiones relacionadas con la calidad que deben determinar las propias universidades cuando elaboran sus programas y planes de estudios.

    Los principios básicos del ECTS requieren lo siguiente:

  • Para la asignación de créditos a cada unidad de curso se tendrá en cuenta que un curso académico completo de estudios equivale a 60 créditos.

  • Las universidades presentarán todos los cursos a los que puedan optar los estudiantes acogidos mediante un paquete informativo en el que estará claramente indicado el crédito asignado a cada curso.

  • Se formalizará un "contrato de estudios tripartito" firmado antes del inicio del período de estudios en el extranjero, en el que la universidad de origen, la universidad de acogida y el estudiante describirán el programa de estudios que éste seguirá en el extranjero. El contrato irá acompañado de un "historial académico" que incluya los resultados académicos obtenidos hasta la fecha por el estudiante.

  • En relación con todos los cursos superados en el extranjero, los estudiantes recibirán un "historial académico" de la universidad de acogida en el que se detallará la denominación de los cursos y los créditos que representan.

  • La universidad de origen reconocerá el volumen de créditos obtenidos por el estudiante en otros centros con relación a cursos específicos, de modo que el crédito correspondiente a los cursos superados sustituya al que hubiese obtenido en la universidad de origen durante un período de estudios comparable.

    La Comisión fomenta el uso más amplio del ECTS con el propósito de facilitar la movilidad de los estudiantes de toda Europa y alcanzar un nivel satisfactorio en el reconocimiento mutuo de títulos académicos. Se recomienda encarecidamente que las universidades que soliciten la ayuda de Erasmus elaboren programas de aplicación del ECTS o, cuando éste se aplique ya de forma parcial o experimental, difundan su uso entre un número mayor de departamentos o facultades. La Comunidad seguirá prestando su apoyo a las actividades auxiliares para contribuir a garantizar la correcta aplicación del ECTS. Dichas actividades pueden incluir, por ejemplo, las visitas in situ de los asesores del ECTS.

 

Criterios de elegibilidad y selección

    Todas las universidades pueden solicitar ayuda para introducir el ECTS en las facultades o departamentos en los que aún no se aplique. La continuidad de la ayuda dependerá de los progresos demostrados en los informes anuales de la universidad en relación con la introducción del ECTS.

    Se dará prioridad a las universidades que no hayan recibido ayuda comunitaria para desarrollar el uso del ECTS en ninguno de sus departamentos. Se prestará especial atención a las universidades que se comprometan a introducir el ECTS en un amplio abanico de disciplinas.

Ayuda financiera

   

El nivel de la ayuda financiera otorgada a una universidad para la introducción de¡ ECTS dependerá de¡ número de disciplinas en que se introduzca el sistema. La ayuda financiera se podrá usar para la producción y difusión de paquetes de información y otros materiales sobre ECTS, como contratos de estudios e historiales académicos, así como para la formación relacionada con la aplicación de¡ ECTS.

    La Comisión, en cooperación con las agencias nacionales y los expertos, seguirá proporcionando información y orientaciones sobre la aplicación del ECTS, a través, por ejemplo, de los teléfonos de ayuda directa y los consejeros de¡ ECTS.

    En la dirección de Internet http://europa.eu.int/comm/education/socrates/ects.html pueden consultarse la Guía de¡ Usuario del ECTS (en todas las lenguas de la Unión), las directrices sobre la presentación en la web de los expedientes de información sobre el ECTS, e información de carácter general sobre dicho sistema.

 

5. MOVILIDAD DE LOS ALUMNOS Y DEL PERSONAL DOCENTE

    Las universidades que deseen obtener financiación Erasmus, ya sea en forma de becas para la movilidad de alumnos o como becas para la movilidad de¡ personal docente, deberán hacerlo constar en su solicitud de contrato institucional. Se les pedirá que realicen un cálculo aproximado de¡ número de personas que participarán en cada tipo de movilidad, desglosado por países de destino. Se considerará de particular importancia que se vele por que las personas pertenecientes a grupos étnicos o culturales minoritarios o que sufren discapacidad participen plenamente en las actividades de movilidad (véase el Anexo 3 "La igualdad de oportunidades en Sócrates").

  1. MOVILIDAD DE ESTUDIANTES

  2. MOVILIDAD DEL PERSONAL DOCENTE

1. Movilidad de los estudiantes

Para obtener información específica para la movilidad de estudiantes ir a: http//:europa.eu.int/comm/education/erasmus/students_es.html

Definición y objetivos

   

Las becas para la movilidad de los estudiantes disponibles en el marco de Erasmus son administradas por la red de agencias nacionales designadas por los países participantes. En el marco de las líneas directrices enunciadas a nivel comunitario, los procedimientos de concesión de becas y el nivel de éstas podrán variar. Las agencias nacionales podrán asignar becas directamente a los estudiantes o al personal docente, aunque la mayoría de ellas lo hará indirectamente, a través de la universidad de origen.

    Los objetivos de la movilidad de los estudiantes Erasmus son los siguientes:

  • permitir que los alumnos se beneficien, en el aspecto lingüístico, cultural y educativo, de las experiencias de otros países europeos y de sus disciplinas de estudio,
  • enriquecer el entorno educativo de¡ centro de acogida,
  • fomentar la cooperación entre los centros que intercambian estudiantes,
  • contribuir al enriquecimiento de la sociedad en general mediante la creación de una comunidad de jóvenes y futuros profesionales bien cualificados, con mentes abiertas y experiencia internacional,
  • contribuir a sufragar los gastos de la movilidad y a que los alumnos disfruten de un período de estudios en el extranjero en casos en que, de otra manera, no sería posible.

Criterios de elegibilidad (para ser considerado un estudiante Erasmus)

   

Los alumnos que cursen un programa de estudios en una universidad asociada en el marco de¡ contrato institucional previsto en el programa Erasmus se considerarán "estudiantes Erasmus", siempre que cumplan las siguientes condiciones (independientemente de si reciben o no en la práctica una beca para la movilidad de alumnos):

  • Los estudiantes cumplirán los criterios relacionados con la nacionalidad (véase el epígrafe "quién puede participar en Sócrates").
  • Los estudiantes habrán finalizado su primer año de estudios universitarios.
  • Los estudiantes estarán matriculados en un programa de estudios oficial de enseñanza superior que concluya con la obtención de un título de la enseñanza superior, incluidos los estudios de doctorado, reconocidos de conformidad con los procedimientos de cada país participante.
  • Los intercambios de los estudiantes propuestos para la movilidad se basarán en acuerdos interuniversitarios como los mencionados en la sección A.1.
  • El período de estudio cursado en el centro asociado no podrá ser inferior a tres meses ni superior a un año.
  • El período de estudio en el extranjero deberá constituir una parte integrante de¡ programa de estudios de la universidad de origen.
  • El período de estudio en el extranjero deberá obtener un reconocimiento académico completo; es decir, la universidad de origen se comprometerá a reconocer que el período de estudios realizado en el extranjero (incluidos los exámenes u otras formas de evaluación) reemplazará a un período de estudio comparable en la universidad de origen (incluyendo también los exámenes u otras formas de evaluación), incluso si el contenido de¡ programa de estudios es diferente. Debe informarse por escrito al estudiante sobre el contenido de los cursos que seguirá en el extranjero. Al final del período de estudio en el extranjero, la universidad de acogida deberá entregar al estudiante y a la universidad que lo envió un certificado en el que confirme que ha seguido el programa de estudios convenido, así como una relación de los resultados que ha obtenido.
  • No deberán pagarse tasas universitarias en el centro de acogida (por concepto de tutoría, inscripción, exámenes, uso de los laboratorios y bibliotecas, etc.). No obstante, la universidad podrá pedir que se abonen tasas reducidas para cubrir el coste del seguro, la afiliación a sindicatos de estudiantes y la utilización de materiales diversos tales como fotocopias, productos de laboratorio, etc., sobre las mismas bases que se aplican a los estudiantes ordinarios. El centro de origen podrá continuar percibiendo las tasas universitarias de los estudiantes que se desplacen al extranjero.
  • El pago de becas y préstamos nacionales a los estudiantes habrá de mantenerse en su totalidad.
  • El estudiante deberá haber adquirido un conocimiento suficiente de la lengua en la que se impartirán los cursos a los que vaya a asistir.

    Para la concesión de becas comunitarias, la agencia nacional y las universidades deberán tener adecuadamente en cuenta la situación económica de los estudiantes.

    Un período de estudios Erasmus en el extranjero podría incluir prácticas en una empresa, siempre y cuando vaya acompañado o precedido de un período de estudio de tres meses como mínimo en el extranjero y sea reconocido como parte integrante del programa de estudios del estudiante en su universidad de origen. Esta situación exige que tanto el centro de origen como el de acogida desempeñen un papel activo en la organización y la supervisión del período de prácticas en la empresa (Las ayudas complementarias a prácticas financiadas por la Comunidad que no van acompañadas necesariamente de un período de estudio en el extranjero están previstas en el programa Leonardo da Vinci ****).

    Podrá ofertarse un número muy limitado de becas de movilidad a aquellos estudiantes Erasmus que, aún cumpliendo las demás condiciones establecidas anteriormente, se encuentren fuera del marco del contrato institucional ("estudiantes libres"). El número de dichas becas dependerá de las políticas que aplique la agencia nacional de cada país participante, y puede verse afectado por la demanda de becas Erasmus de los estudiantes del país en cuestión. Desde 2001, una universidad sólo puede enviar estudiantes libres durante sus primeros dos años de participación en SÓCRATES; a partir de ese momento, únicamente se concederán becas de movilidad para los alumnos dentro del marco del contrato institucional.

 

Ayuda financiera

    El número de becas de movilidad que las agencias nacionales concedan a los estudiantes Erasmus dependerá del número de estudiantes indicado en las solicitudes de contrato institucional de las universidades, del presupuesto disponible, del equilibrio de flujos entre países y disciplinas, de la financiación complementaria disponible procedente de otras fuentes, etc.

    El estatus de "estudiante Erasmus" no depende de la concesión de una beca de movilidad Erasmus al estudiante en cuestión.

    Las becas se conciben como una contribución a los gastos extra que supone el estudio en el extranjero, y no deben utilizarse para cubrir gastos que los estudiantes también tendrían en su centro de origen. Los importes varían considerablemente de unos países a otros.

    Se insta a las universidades a que fomenten la participación de los estudiantes con discapacidad en la movilidad (véase el Anexo 3 "La igualdad de oportunidades en Sócrates"). Las solicitudes de becas complementarias para estudiantes deben presentarse a la agencia nacional de¡ país de origen.

    Se podrá conceder una ayuda complementaria a los estudiantes Erasmus que se desplacen a países donde la lengua nacional sea una de las menos utilizadas y enseñadas, para que asistan a un curso intensivo de entre cuatro y ocho semanas de duración en el país de destino antes de¡ período normal de estudios Erasmus. Esta ayuda complementaria sólo se podrá conceder a los estudiantes seleccionados para un período de estudios Erasmus de entre 3 y 12 meses de duración (sin incluir el curso de lengua). Al conceder estas ayudas, las agencia nacionales tendrán en cuenta la duración de¡ período de estudios Erasmus que los candidatos pasarán en el extranjero. Darán prioridad a los estudiantes cuyos períodos de estudios sean más prolongados, e intentarán conseguir una representación equilibrada de todas las disciplinas.

 

2. Movilidad del personal docente

 

Para obtener información específica para la movilidad de estudiantes ir a: http//:europa.eu.int/comm/education/erasmus/teacher_es.html

Definición y objetivos

   

Las becas para la movilidad del personal docente disponibles en el marco de Erasmus son administradas por las agencias nacionales designadas por los países participantes. En el marco de las líneas directrices enunciadas a nivel comunitario, los procedimientos de concesión de becas y el nivel de éstas podrán variar. Normalmente, será la universidad de origen la que asigne la beca. Se fomentará la movilidad entre centros de enseñanza superior especializados en nuevos modos de docencia, como la enseñanza a distancia, y las universidades "tradicionales".

    Los objetivos de la movilidad del personal docente Erasmus son los siguientes:

  • brindar al personal docente posibilidades de desarrollo personal y profesional,
  • impulsar a las universidades a ampliar y enriquecer el abanico de cursos impartidos,
  • permitir a los estudiantes que no puedan participar en un programa de movilidad que se beneficien del conocimiento y la experiencia del personal docente de universidades de otros países europeos,
  • consolidar los vínculos entre centros de distintos países,
  • fomentar el intercambio de conocimientos técnicos y experiencias sobre métodos pedagógicos.
  • La duración de los períodos de enseñanza asignados será de una semana o un mínimo de 8 horas lectivas, aunque podrá alcanzar hasta un semestre completo (6 meses).

Criterios de elegibilidad y selección

   

Los profesores que se benefician de un período de enseñanza en una universidad asociada deberán estar plenamente integrados en el departamento o facultad de¡ centro de acogida.

    Esto quiere decir que:

  • se incluirá a los profesores que participen en las actividades de movilidad en las cifras que figuren en la solicitud de contrato institucional de su universidad de origen,
  • las actividades de movilidad previstas se basarán en los acuerdos mencionados en la anterior sección A.1,
  • las universidades asociadas y los profesores se habrán puesto previamente de acuerdo sobre el programa de clases que impartirán los profesores visitantes.

    En el proceso de selección, deberá concederse prioridad a las actividades de movilidad que, además:

  • permitan elaborar nuevos materiales didácticos,
  • se utilicen para consolidar y ampliar los vínculos entre los departamentos y las facultades, así como para preparar futuros proyectos de cooperación entre la universidad de origen y la de destino.

Ayuda financiera

    Las becas comunitarias se conciben como una contribución para sufragar los gastos adicionales que supone para el personal docente el hecho de impartir sus clases en el extranjero. El número de becas de movilidad que las agencias nacionales concedan al personal docente dependerá de factores como el número de profesores participantes incluidos en la solicitud de contrato institucional de las universidades, la duración de los períodos de enseñanza aceptados, el presupuesto disponible, el equilibrio de los flujos de personal docente entre países y disciplinas, la posibilidad de contar con otros recursos de financiación, etc. las universidades habrán ser conscientes de que se cuenta con que contribuyan a sufragar los gastos de movilidad de su personal docente o que consigan recursos financieros complementarios procedentes de fuentes ajenas a Erasmus.

6. VISITAS PREPARATORIAS

    Las agencias nacionales disponen de fondos Erasmus limitados para ayudar a las universidades a realizar visitas preparatorias en las que se sentarán las bases de futuras actividades de cooperación europea. Se aplicarán las siguientes disposiciones: 

  • Las universidades que reciban apoyo para la organización de la movilidad en virtud de su contrato institucional (véase la sección B.1) podrán usar hasta el 10% de la beca de organización de la movilidad para costear los gastos derivados de las visitas preparatorias.
  • Las universidades que ya reciban ayuda para la organización de la movilidad pero puedan demostrar necesidades específicas de visitas que no se puedan financiar aplicando la norma anterior (por ejemplo, una universidad que decida aumentar considerablemente, en un año determinado, sus actividades de cooperación) pueden solicitar a su agencia nacional una suma adicional que les ayude a sufragar los gastos derivados de dichas visitas.
  • Las universidades que aún no hayan firmado un contrato institucional o a las que no se les haya asignado una beca de organización de la movilidad en su contrato institucional pueden solicitar a su agencia nacional becas para la organización de visitas preparatorias.

    Las universidades pueden también optar a ayudas en el marco de otras acciones SÓCRATES que subvencionen la organización de visitas preparatorias. Si una universidad está utilizando parte de los fondos de organización de la movilidad en visitas preparatorias, deberá asegurarse de que no se produce duplicación de los fondos para las mismas visitas preparatorias.

Criterios de elegibilidad y selección

    Las visitas sólo serán elegibles cuando promuevan la cooperación con departamentos, facultades o universidades que no hayan participado previamente en Erasmus. Se prestará especial atención a las visitas orientadas a establecer las bases de una asociación en la que el conjunto de la universidad participe en acuerdos transnacionales de cooperación que incluyan varias disciplinas.

 

7. REDES TEMÁTICAS ERASMUS

Definición y objetivos

    El objetivo principal de las redes temáticas es mejorar la calidad y definir y desarrollar la dimensión europea en el marco de una disciplina académica determinada, o en relación con un tema de carácter interdisciplinario/multidisciplinario, u otros temas de interés común (tales como la gestión de la universidad, la calidad, etc.). Ello se logra a través de la cooperación entre universidades, facultades o departamentos de universidades, asociaciones de estudiantes o agrupaciones de carácter socioeconómico. Tal cooperación también deberá permitir, cuando sea posible, la participación de asociaciones académicas (existentes), asociaciones de aprendizaje, asociaciones de profesionales, otros interlocutores importantes de los sectores público y privado y, si resulta adecuado, organizaciones de estudiantes. Se espera que los resultados de la cooperación en redes temáticas tengan repercusiones amplias y duraderas en las universidades en el ámbito en cuestión.

 

Tipos de actividad

La siguiente relación es indicativa de las actividades en las que tienden a centrarse los proyectos de las redes temáticas:

  • Evaluar la innovación de los currículos de determinados ámbitos desde un punto de vista comparativo y fomentar su mayor difusión a escala europea.
  • Identificar las "necesidades" o "debilidades" del ámbito académico o de gestión con el que está relacionada la red, con el objetivo de formular propuestas para la mejora y el fomento de la innovación. Ello implica:
    • Presentar un panorama de la disciplina / campo / área de interés común a escala europea.
    • Tomar en consideración las distintas definiciones de la disciplina o del campo realizadas en diferentes países en cuanto a su contenido académico.
    • Identificar los elementos de dimensión europea de¡ campo temático en cuestión, y, en especial, algunos elementos esenciales comunes entre los programas de estudios.
    • Contribuir a una definición más precisa de los criterios de calidad propios de las disciplinas o ámbitos correspondientes.
    • Demostrar la relación entre el contenido y los objetivos de las disciplinas o ámbitos y la demanda de los entornos económico y profesional en Europa.
  • Promover la innovación en los métodos de enseñanza y los materiales y fomentar una mayor extensión de las buenas prácticas.
  • Fomentar el desarrollo de programas conjuntos y cursos especializados, en especial en temas con escasa representación en la cooperación universitaria europea.
  • Facilitar la aplicación de los resultados de la investigación especializada llevada a cabo a escala europea en los programas de estudios de enseñanza superior de las disciplinas o ámbitos en cuestión, ya sea durante la licenciatura, en el postrado o en la educación continua y en el aprendizaje permanente.
  • Contribuir a garantizar que los resultados y las recomendaciones de los foros temáticos se tienen en cuenta en los programas de estudios de diversas universidades, en particular mediante el desarrollo, la experimentación y la difusión de los materiales didácticos y cursos pertinentes y la promoción de enfoques pedagógicos innovadores en las disciplinas o ámbitos correspondientes.
  • Determinar criterios y métodos de evaluación de la calidad de las disciplinas o temas en cuestión.

    Se espera que las redes, al llevar a cabo sus actividades, alcancen la sinergia con otras actividades de SÓCRATES, en especial con proyectos de desarrollo curricular pertenecientes o no a Erasmus, y promuevan el diálogo entre las universidades y la sociedad en general.

 

Criterios de selección y prioridades

    Para poder optar a financiación, las redes temáticas deben:

  • respetar los criterios de elegibilidad establecidos en la parte 1 de este documento y encajar en el perfil previsto en esta sección,
  • ser aplicados por una red en la que participen, entre otros socios, facultades y departamentos de todos los países destinatarios de SÓCRATES (las excepciones a este requisito deberán justificarse),
  • demostrar que cuentan con el apoyo institucional de todas las universidades participantes.

    Se tendrán especialmente en consideración los proyectos que:

  • favorezcan una cooperación más estrecha entre las asociaciones nacionales existentes en los diferentes países,
  • prevean una cooperación planificada y especificada con las asociaciones académicas, las asociaciones culturales, los organismos profesionales, los agentes socioeconómicos de¡ sector público y del privado y, cuando resulte adecuado, las organizaciones de estudiantes.

    También se tendrá en consideración el grado de representatividad de los miembros de la red propuesta en relación con la diversidad de centros y regiones en los países participantes.

Coordinación y gestión

    Una de las universidades participantes en la red temática deberá desempeñar el papel de coordinadora. La universidad coordinadora dirigirá la preparación de¡ esquema general de los proyectos de la red temática, asumirá la responsabilidad de la presentación de la solicitud de ayuda comunitaria, firmará el contrato, velará por la correcta gestión del proyecto, justificará la asignación de los fondos utilizados y dará cuenta de los resultados del proyecto. No obstante, en algunos casos, las diferentes fases del programa de redes temáticas podrán ser administradas por diferentes universidades o asociaciones.

    Las estructuras administrativas variarán en función de la naturaleza de cada proyecto; sin embargo, siempre que sea posible la red deberá estar claramente relacionada con el proyecto. La manera de conseguirlo habrá de desprenderse claramente del programa de trabajo del proyecto, de la misma manera que los métodos propuestos para garantizar que los socios del proyecto tengan en cuenta los resultados de sus respectivos centros. Ello permitirá aprovechar los productos del proyecto y difundir los resultados entre determinados grupos de destinatarios (véase más adelante). Se espera que las redes pongan en marcha mecanismos apropiados para la evaluación interna de la evolución y para garantizar unos resultados de calidad.

Ayuda financiera

    Los proyectos presentados por las redes temáticas pueden subvencionarse durante un máximo de tres años, en función de las actividades propuestas. Si se solicita financiación durante más de un año, la universidad solicitante debe incluir en su propuesta un plan de trabajo y un presupuesto que cubran la duración íntegra del proyecto. La ayuda se abonará en varios tramos, previa presentación y aprobación de los informes provisionales. El nivel de la ayuda financiera dependerá del volumen y el alcance del proyecto.

Difusión y aprovechamiento de los resultados

    El objetivo de las redes temáticas debe ser difundir y aprovechar los resultados de¡ proyecto, incluso más allá de¡ grupo de centros que participan directamente en él. Por consiguiente, tal como ya se ha indicado, los programas de trabajo de todos los proyectos deberán mencionar los métodos de difusión previstos. Además, se puede conceder ayuda comunitaria a las redes temáticas que, en un año académico determinado, deseen concentrarse concretamente en la difusión (y el aprovechamiento) de resultados finales de calidad probada. En cuanto a los otros proyectos de las redes temáticas, los proyectos de propuesta de tales proyectos de difusión y aprovechamiento deberán incluirse en la solicitud de¡ contrato institucional de la universidad que coordine la red temática en cuestión.

 

 OTROS PROYECTOS SÓCRATES COORDINADOS POR UNIVERSIDADES 

    Si una Universidad que ha firmado o solicitado un contrato institucional en el marco de Erasmus prevé solicitar también el puesto de coordinadora de un proyecto encuadrado en alguna otra de las acciones SÓCRATES (Comenius, Grundtvig, Lingua, Minerva, etc.) debe mencionarlo en su solicitud de contrato institucional. Tales proyectos se habrán de tener en cuenta en la declaración política europea del centro. Si a la acción en cuestión se le puede aplicar un procedimiento de selección en dos fases, la universidad deberá presentar el proyecto de propuesta correspondiente junto con su solicitud  de contrato institucional.

    Los proyectos de propuestas se seleccionarán de acuerdo con los procedimientos previstos para la acción en cuestión (véanse los enlaces correspondientes en el apartado "Acciones de Sócrates y procedimientos de solicitud y selección" de esta sección), y la universidad solicitante será informada del resultado de la selección en el marco de la acción.

    Además existen otros programas comunitarios sobre actividades que complementan a los previstos en el marco de SÓCRATES (véase el Anexo 4 "Otras fuentes de ayuda comunitaria")

 


  La Agencia Nacional Española

    La Agencia Nacional Española ERASMUS desarrolla el programa SÓCRATES/ERASMUS de la Comunidad Europea aprobado el 14 de Marzo de 1995

    La Agencia ERASMUS, en España, está constituida como Agencia Nacional independiente del resto de las acciones de SÓCRATES II. Se encuentra enmarcada dentro de la Secretaria General del Consejo de Coordinación Universitaria, que es un organismo estatal presidido por la Ministra de Educación y Ciencia y formado por los siguientes vocales:

  • Los responsables de las Enseñanzas Universitarias en los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas.
  • Los Rectores de las Universidades Públicas.
  • Veintiún miembros, nombrados por un período de cuatro años, entre personalidades de la vida académica, científica, cultural, profesional, económica y social:
    • 7 miembros designados por el Congreso de los Diputados.
    • 7 miembros designados por el Senado.
    • 7 miembros designados por el Gobierno. Entre los vocales de designación del Gobierno podrán figurar también miembros de la Administración General del Estado..

    La Vicesecretaria General del Consejo de Coordinación Universitaria es la Directora de la Agencia Nacional Erasmus. El Consejo de Coordinación Universitaria, por su carácter de máximo órgano consultivo y de coordinación del sistema universitario al que corresponden las funciones de consulta sobre política universitaria, coordinación, programación, informe, asesoramiento y propuesta en las materias relativas al sistema universitario, así como las que determinen la Ley y sus disposiciones de desarrollo, es el marco idóneo para realizar las funciones que desempeña la Agencia Nacional Erasmus (Enseñanza Superior del Programa Sócrates), ya que está en contacto permanente con los usuarios del Programa, que no son otros que las Universidades, sus profesores y sus estudiantes.

    Las actuaciones generales de la Agencia son en la actualidad:

  • Organización de los procedimientos de selección.
  • Gestión administrativa, contractual y financiera de las acciones descentralizadas.
  • Actividades relacionadas con la información, al asesoramiento y la difusión.
  • Seguimiento y evaluación.
  • Cooperación y relaciones dentro del programa Sócrates o con otros programas u organismos.
  • Aspectos informáticos para garantizar la ejecución de las tareas que corresponden a esta Agencia Nacional, así como para la comunicación e intercambio de información entre las distintas Agencias Nacionales y la propia Agencia Nacional y las Universidades.

(*) Desiderius Erasmus (1469-1536) dedicó su vida a la reconciliación del humanismo y el cristianismo en un concepto universal de sabiduría que consideró la clave del mutuo entendimiento entre los pueblos. Igualmente entendido en teología que en educación, retórica y estudios clásicos, a la vez que brillante satírico en conflicto frecuente con lo establecido y con otros reformistas, Erasmo de Rotterdam estudió y enseñó en Francia, Inglaterra, Italia, Suiza y lo que ahora es Bélgica: un verdadero precursor del actual plan "Erasmus".

(**)En este documento, el término "universidad" designa a todos los tipos de centros de educación superior de los países participante que expiden titulaciones de tal nivel (Véase la definición que se da a este término en la Decisión sobre el programa Sócrates).. Las autoridades nacionales competentes son las encargadas de decidir sobre la elegibilidad de dichos centros.

(***)De manera detallada, la beca de organización de la movilidad que se concede a cada universidad se calcula mediante una fórmula basada en: (a) datos fiables sobre el número de estudiantes y profesores que la universidad en cuestión haya enviado al extranjero el año anterior, acogidos al programa de movilidad; y (b) cualquier petición suplementaria para el año en curso que supere las cifras reales relativas a años anteriores. Se aplicará un factor de corrección para gratificar a las universidades que planifiquen sus actividades de movilidad de una manera real (es decir, cuando las cifras de la solicitud coincidan realmente con las relativas a la movilidad).

(****)El programa de acción Leonardo da Vinci destinado a la formación profesional se halla actualmente en su segunda fase (1 de enero de 2000 - 31 de diciembre de 2006), que es una continuación de la acción comunitaria emprendida en el ámbito de la formación profesional a partir de los años 80 y, más recientemente, en el marco de la primera fase del programa (1995-1999). Su objetivo es respaldar y complementar las acciones emprendidas por y en los Estados miembros mediante el apoyo a proyectos de cooperación transnacional del ámbito de la formación profesional.

Apoya una amplia gama de medidas, que incluye la movilidad (prácticas, intercambio de personal, etc.), proyectos piloto, actividades para fomentar la competencia lingüística, redes transnacionales, estudios y análisis, con el fin de promover los conocimientos, las aptitudes y las habilidades necesarias para conseguir una integración satisfactoria en la vida laboral.

Más información en: http://europa.eu.int/comm/education/leonardo.html ó en http://www.mec.es/fp/leonardo/ 

 

 






SECCIONES

Fotos
Grado Superior
Grupos de Saxofones
Historia
INVESTIGACIÓN
Latinoamérica
Links
Noticias
Oposiciones
Papel Pautado
Publicaciones

RADIO CLASICA

Reparadores
Revista VIENTO
Saxofonistas
SAXFORO
SaxSeguro

Segundamano
Temario MEC
VIDEOS

MATERIAL

SAXTIENDA.COM
PARTITURAS

GRAB IT!!!
Cd´s

DINANT 2006
El nombre y el logotipo Adophesax.com son marca registrada de Adolphesax S.L © 2004 - Todos los derechos reservados. Página optimizada para: 1024x768 Px